SIN INFORMACION

TREUER HEYSEN MARCO AURELIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

9 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Paula Andrea Treuer Grilli, médico veterinario, actuando por su padre don Marco Aurelio Treuer Heysen, interponiendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber denegado el beneficio de libertad condicional a su representado mediante resolución N° 939-2024 de fecha 24 de octubre de 2024. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que no se habría aplicado correctamente la normativa específica del DL 321 sobre Libertad Condicional, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita se ordene a la Comisión recurrida conceder el beneficio de libertad condicional al amparado. Expone que el amparado se encuentra actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, cumpliendo una condena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de homicidio simple, en calidad de autor y en grado de consumado, según sentencia dictada con fecha 5 de noviembre de 2022 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol. Señala que el amparado ha permanecido privado de libertad de forma ininterrumpida desde el 23 de noviembre de 2022, registrando 1.499 días de abono, manteniendo una conducta calificada como "muy buena" desde al menos el bimestre septiembre-octubre de 2023 hasta la fecha. Indica que, con posterioridad a la fecha de expedición de la resolución recurrida, el amparado fue beneficiado desde el 17 de noviembre pasado con el beneficio intrapenitenciario de salida dominical, acompañando al recurso certificado expedido por el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I. En cuanto a los

Fundamentos

fundamentos jurídicos, invoca el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el DL 321 sobre Libertad Condicional y su Reglamento contenido en el DS 2442, argumentando que el amparado cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos establecidos en dichas normativas para acceder al beneficio, relativos al tiempo mínimo de cumplimiento y conducta intachable. Sostiene que la decisión de la Comisión resulta arbitraria por cuanto el amparado se encuentra actualmente en un Centro de Educación y Trabajo (C.E.T.) al interior del recinto penal, desempeñando labores como auxiliar administrativo encargado de bodega, remunerado, de lo que fluye que cumple con todos los requisitos para la concesión del beneficio. Agrega además que el fundamento por el cual se denegó la concesión del beneficio, esto es, que “atendida la naturaleza del hecho por el cual cumple su condena, resulta incluso discriminador.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y se ordene a la Comisión de Libertad Condicional conceder al amparado don Marco Aurelio Treuer Heysen el beneficio de libertad condicional en el periodo de postulación de septiembre de 2024. SEGUNDO: Que, evacuando informe la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, doña Sandra Araya Naranjo, expuso que por unanimidad de sus miembros se rechazó la concesión del beneficio solicitado respecto del amparado, mediante resolución de 24 de octubre de 2024, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. En la resolución impugnada, consta que los motivos para el rechazo de la concesión del beneficio de libertad condicional respecto del amparado se refieren a que “… al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, antecedentes pretéritos e “Informe de Postulación Psicosocial”, se puede comprobar que el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que, además, mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, lo cierto es que la misma documentación da

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C.A. de Santiago Santiago, nueve de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Paula Andrea Treuer Grilli, médico veterinario, actuando por su padre don Marco Aurelio Treuer Heysen, interponiendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber denegado el beneficio de libertad condicional a su representado mediante resoluci

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