CARU/ISAPRE CONSALUD S.A.
Rol
Fecha
22 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Gustavo Romanini Villa, quien interpone acción de protección en favor de don Eduardo Enrique Caru Gómez, en contra de Isapre Consalud S.A., representada legalmente por don Rodrigo Medel Samacoitz. Señala que, en relación con el análisis de admisibilidad del presente recurso respecto al plazo de interposición, los actos que lo fundamentan se encuentran vinculados a la negativa de la recurrida de otorgar cobertura a un medicamento. Indica que la primera negativa tuvo lugar el 12 de septiembre de 2024, la que fue reiterada el 7 de octubre de 2024 mediante una respuesta emitida tras un reclamo formal interpuesto por el afectado. Manifiesta que el recurrente, de 64 años, afiliado a Isapre Consalud S.A. desde julio de 1997, fue diagnosticado en julio de 2024 con Mieloma Múltiple. Este diagnóstico fue confirmado mediante la Resolución del Comité Oncológico de 6 de agosto de 2024 de Red Salud, en la cual se detallan antecedentes clínicos relevantes y las comorbilidades que padece el afectado, como hipertensión arterial, resistencia a la insulina y secuelas graves por COVID-19. Relata que el comité recomendó un tratamiento con Esquema D-VRD, compuesto por los medicamentos Daratumumab, Bortezomib, Lenalidomida y Dexametasona. Esta indicación fue ratificada por una segunda resolución del Comité Oncológico, reiterando la misma propuesta terapéutica. Aclara que el tratamiento recomendado incluye el fármaco Daratumumab, un medicamento biológico que actúa eliminando las células cancerosas del mieloma múltiple y reclutando células inmunitarias para ayudar a destruirlas. Este medicamento, que puede administrarse por infusión intravenosa o inyección subcutánea, es esencial para controlar la progresión de la enfermedad y mejorar la expectativa de vida del afectado. Detalla que el costo de cada dosis de Daratumumab asciende a $5.387.755, una suma que el recurrente no puede solventar debido a su alto valor. La falta de administ
Fundamentos
considerando la naturaleza cautelar del recurso de protección, se concluye que este arbitrio ha perdido oportunidad, dado que ya no existe medida concreta que esta Corte pueda adoptar para restablecer el derecho supuestamente vulnerado. La cobertura ha sido otorgada y las circunstancias que motivaron la acción han sido subsanadas. En consecuencia, procede rechazar el recurso, resultando innecesario e impertinente profundizar en el análisis de las alegaciones formuladas por las partes.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección deducido por Gustavo Romanini Villa, quien interpone acción de protección en favor de don Eduardo Enrique Caru Gómez en contra de la Isapre Consalud S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redacción de la abogada integrante Sra. Claudia Candiani. No firma la Ministra señora Brengi, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por estar haciendo uso de su feriado legal. N°Protección-20731-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Gustavo Romanini Villa, quien interpone acción de protección en favor de don Eduardo Enrique Caru Gómez, en contra de Isapre Consalud S.A., representada legalmente por don Rodrigo Medel Samacoitz. Señala que, en relación con el análisis de admisibilidad del presente recurs
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