YOHANI OYOLA CRISANTA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Rol
Fecha
9 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Santiago Hernández Serrano, abogado, en representación de Yohani del Milagro Oyola Crisanta, ciudadana peruana, cédula nacional de identidad N°20.860.511-5, residente del Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dispuesto la medida de expulsión del territorio nacional. Relata que la recurrente fue condenada por tráfico ilícito de drogas a la pena de 5 años y 1 día de presidio menor en su grado mínimo y accesorias legales. Detalla que mediante resolución de 24 de diciembre de 2024 el Servicio recurrido dispuso que la extranjera debía abandonar el país ya que, atendida la condena señalada, no cumpliría con los requisitos establecidos en el artículo 8° transitorio de la Ley N°21.325 y la Resolución Exenta N°1769 de 2021. Indica que, si bien es efectivo que está cumpliendo la pena referida, durante estos años ha constituido una familia compuesta por sus tres hijas Sheleste Johany Enríquez Oyola, de 11 años de edad; Jordan Smhit Enríquez Oyola, de 10 años de edad; y Alexandra Del Milagro Enríquez Oyola, de 8 años de edad, todos chilenos, además del padre de los niños. Solicita, en definitiva, se declare que dicha expulsión es ilegal y arbitraria, y se ordene regularizar la situación migratoria de la recurrente en un plazo no superior a 90 días. Segundo: Que evacuando informe Gendarmería de Chile, sostiene que el 29 de diciembre de 2024 la amparada dio cumplimiento a su condena, acompañando documentos que dan cuenta de aquello, consistentes en la orden de libertad de la sentenciada y Ordinario dirigido al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago que informa el cumplimiento. Tercero: Que, por su parte, Policía de Investigaciones informa que la extranjera registra una orden de expulsión vigente, aplicada mediante Decreto Exento N°2411, de 20 de julio de 2021, emanada del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Yohani del Milagro Oyola Crisanta en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°1059- 2024 Amparo
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Quinta Sala, contra el recurso de protección, la abogada señora Stephanie Pinto González. San Miguel, 9 de enero de 2025. Natalia Arancibia Sepúlveda, relatora. San Miguel, nueve de enero de dos mil veinticinco Al folio 17: Téngase presente. Al folio 16: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Santiago Hernánde
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