1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCIÓN

SERGIO GUSTAVO OPAZO JARA CON C. D. E. (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO) (D)

Rol

57995-2021

Fecha

29 de noviembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FORMA, ANULADA SENTENCIA DE (M)

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Hechos

Vistos: En estos antecedentes Rol de ingreso N° 57.995-2021 de esta Corte Suprema, el Primer Juzgado de Letras de Concepción, sobre procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios, por sentencia de cinco de junio de dos mil veinte, se acogió la demanda deducida por Sergio Gustavo Opazo Jara, contra el Fisco de Chile, condenándolo a pagar la suma de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos), como resarcimiento del daño moral padecido, más reajustes e intereses. Impugnada esa decisión, la Corte de Apelaciones de Concepción, por sentencia de veinte de julio de dos mil veintiuno, la confirmó, con declaración que se rebajaba la indemnización concedida, en favor del demandante, a la suma de $ 25.000.000 (veinte cinco millones de pesos). Contra esa sentencia el abogado de la parte demandante, dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo, los que se ordenaron traer en relación con fecha dieciocho de agosto de dos mil veintiuno.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, el demandante Sergio Gustavo Opazo Jara deduce recurso de casación en la forma fundado en el artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 Nº 4 y 5 del mismo cuerpo legal. Indica que la sentencia recurrida no contiene consideraciones de hecho o de derecho que sirvan de fundamento para la rebaja del monto de la indemnización, lo que resulta evidente al analizar cada uno de los considerandos del

Fallo

fallo recurrido, máxime si la sentencia recurrida tiene por reproducidos los fundamentos del fallo apelado, a excepción del guarismo de “$50.000.000” expresado en el fundamento 22º, decidiendo en virtud de similares fundamentos, la reducción sustantiva de la indemnización determinada por el tribunal de primera instancia. Por ello, solicita se acoja el recurso y se invalide la sentencia recurrida, manteniendo el monto indemnizatorio otorgado en el fallo en primera instancia, con expresa condena en costas. Segundo: Que, a continuación, la demandante dedujo recurso de casación en el fondo, en contra de la misma sentencia, arbitrio por el cual se denuncia la infracción por errónea aplicación de los artículos 4, 19 a 24, 2314 y 2329 todos del Código Civil; artículos 4, 3 y 6 de la Ley 18.575; artículo 38 letra c) del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia; artículos 1°, 5°, 6°, 7° y 19 inciso 1°, numerales 1, 2 y 24 y 38 inciso 2°, todos de la Constitución Política de la Republica; artículos 1.1, 63.1, 8.1 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos; artículo 9 número 5°, parte III, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; artículo 14 de la Convención contra la Tortura y otros o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y artículos 27 y 31 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, todos en cuanto establecen la obligación del Estado de Chile a reconocer y proteger el derecho a la reparación integral del daño causado con motivo de un

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: En estos antecedentes Rol de ingreso N° 57.995-2021 de esta Corte Suprema, el Primer Juzgado de Letras de Concepción, sobre procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios, por sentencia de cinco de junio de dos mil veinte, se acogió la demanda deducida por Sergio Gustavo Opazo Jara, contra el Fisco de Chile, condenándolo a p

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