JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/JUAN CAMILO GALLARDO CANTOR

Rol

Fecha

7 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que los antecedentes esgrimidos por la defensa en orden al tiempo desde que data la privación de libertad del imputado no resultan suficientes para desvirtuar, en este estadio procesal, la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en tanto que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado, por considerar esta Corte que, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad y naturaleza de los ilícitos, bienes jurídicos protegidos, penas asignadas y eventual forma de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Juan Camilo Gallardo Cantor. Comuníquese vía interconexión. N° 36-2025 Penal

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San Miguel, siete de enero de dos mil veinticinco. Sala: Quinta Sala Rol: 36-2025 Penal Ruc: 2301433718-0 RIT: 1693-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator: Cristián Calderón Bórquez Fiscal: Magdalena Balart Salvat Defensa: María Constanza Bravo Stöckle Imputado: Juan Camilo Gallardo Cantor Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: 2 (Folios 3 y 4). Sa

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