SIN INFORMACION

CIFUENTES/PREFECTURA SANTIAGO NORMAL

Rol

Fecha

6 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don César Damiant Toledo Valdebenito, abogado, que interpone recurso de protección en nombre de don Cristian Manuel Cifuentes Acosta, sargento primero de Carabineros, en contra de la Dirección de Personal de Carabineros de Chile, al establecer una obligatoriedad de regresar a desempeñar funciones al recurrente al lugar de donde fue apartado mientras se realiza investigación por hechos graves y sin haber llegado al fin de la misma, resultado vulneratorio de los derechos fundamentales prescrito en el artículo 19 N° 1, 2 y 9 de la Constitución Política de la República. Expone que, su representado se desempeña como funcionario de Carabineros de Chile, desde el 16 de septiembre de 1998, y que actualmente presta servicios en el retén de Carabineros Talcamavida, comuna de Hualqui, Región del Biobío. Señala que desde febrero del presente año, el funcionario jefe de reten identificado como Víctor Antonio Montecinos Loyola, quien asumió el cargo de suboficial mayor de Carabineros de Chile, el mes de enero de 2024, y quedó como subrogante el recurrente mientras el señor Montecinos hacía uso de licencia médica, debiendo reemplazarlo durante el mes de febrero, período en donde comenzó con un constante acoso y cuestionamientos a su labor como jefe de reten subrogante, lo anterior debido a diversas gestiones administrativas que eran de su absoluta responsabilidad las que, dicho sea de paso, no realizó oportunamente, presionando al Recurrente mediante llamadas o mensajes vía whatsapp en donde de manera insistente y de mala forma le escribía con la intención de que le atendiera las diversas llamadas que le efectuaba diariamente, llegando hasta un total máximo de 12 llamadas cada día, sólo con la intención de cuestionar, criticar y descalificar injustificadamente su desempeño, hechos que con el pasar del tiempo se mantuvieron e incrementaron, llegando al punto de prohibir a los funcionarios del retén el juntarse o dialogar él manif

Fundamentos

considerando además que en estrados nada se indicó al efecto permitiese a esta Corte estimar la conclusión de éste, motivo por el cual resulta evidente que a la luz de los hechos, aun se encuentra pendiente el resultado de la investigación que debería concluir con una resolución dictada al efecto y respecto de la cual se pueden ejercer las acciones que impetra el ordenamiento jurídico pertinente. Además se debe considerar que a la luz de los elementos discutidos en esta instancia, se puede observar que se han adoptado por la recurrida las medidas de protección en favor del Sargento 1° de Carabineros don Cristian Manuel Cifuentes Acosta. Todo lo anterior, es motivo suficiente para rechazar acción de protección impetrada.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por el abogado señor César Damiant Toledo Valdebenito, en favor de don Cristian Manuel Cifuentes Acosta, en contra de la Dirección de Personal de Carabineros de Chile, y de quien la representa don Pablo Andrés Silva Chamorro, General Inspector de Carabineros. Regístrese, comuníquese y, archívese, en su oportunidad; Redacción ministro (s) señor Sergio Guillermo Córdova Alarcón. No firma el ministro Fabio Jordán Díaz, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con feriado. N°Protección-19273-2024.

Texto Completo (Preview)

Concepción, seis de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don César Damiant Toledo Valdebenito, abogado, que interpone recurso de protección en nombre de don Cristian Manuel Cifuentes Acosta, sargento primero de Carabineros, en contra de la Dirección de Personal de Carabineros de Chile, al establecer una obligatoriedad de regresar a desempeñar funciones

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