C/ PABLO OCTAVIO CEPEDA PLAZA
Rol
Fecha
6 de enero de 2025
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oída la interviniente que participó en esta audiencia y teniendo en consideración que los incumplimientos que se le reprochan al sentenciado no tienen la naturaleza de gravedad y suficiencia para ordenar el cumplimiento efectivo de la pena, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 25 y 37 de la Ley 18.216, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro, inserta en la carpeta virtual RIT 1-576-2022 del Juzgado de Garantía de Talca, que dejó sin efecto la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, al sentenciado Pablo Octavio Cepeda Plaza, y en su lugar se dispone la intensificación de la pena sustitutiva antes indicada, la que deberá ser cumplida en un recinto de Gendarmería de Chile, correspondiente a su actual domicilio. El Juzgado de Garantía de Talca adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de la pena sustitutiva que se intensificó por esta resolución. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-2109-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, seis de enero de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oída la interviniente que participó en esta audiencia y teniendo en consideración que los incumplimientos que se le reprochan al sentenciado no tienen la naturaleza de gravedad y suficiencia para ordenar el cumplimiento efectivo de la pena, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica