ABARCA/DIVISIÓN DE PERSONAL DEL EJÉRCITO
Rol
Fecha
6 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 5 de enero de 2025, comparece Pía Abarca González, Teniente de Ejército, en su propio nombre y representación, interponiendo recurso de protección en contra del Ejército de Chile - Comandante de la División de Personal, representado por el General de Brigada Sr. Patricio Carrillo Abarzúa, por haber dictado la Resolución DIVPER II/4/b/1 (P) N°1060/251000/8 de 18 de junio de 2024, mediante la cual se rechazó su solicitud de permiso sin goce de remuneraciones para permanecer en Canadá. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que fue dictada de manera extemporánea y con una motivación contradictoria e incomprensible, vulnerando con ello el derecho a la igualdad ante la ley garantizado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se deje sin efecto dicha resolución. Expone que ingresó al Ejército de Chile en enero de 2011 como Cadete de la Escuela Militar, egresando en diciembre de 2014, que fue nombrada en la planta institucional el 1 de enero de 2015 con el grado de Alférez, del Escalafón del Servicio de Personal, ostentando desde el 1 de enero de 2019 el grado jerárquico de teniente. Señala que mediante Resolución DIVPER II/4/b/3 (P) N°1060/11295 de 12 de mayo de 2023, el Comandante de la División de Personal le autorizó permiso sin goce de remuneraciones por 12 meses, desde el 21 de julio de 2023 al 21 de julio de 2024, para realizar una capacitación avanzada en el idioma inglés y hacer uso de una visa de trabajo que le fue otorgada, en Canadá. Indica que a principios de 2024 le ofrecieron prorrogar su visa de trabajo por un año adicional y continuar sus estudios de inglés, fijándole como plazo hasta el 1 de junio de 2024 para tomar una decisión. Por ello, el 28 de marzo de 2024 solicitó al Comandante de la División de Personal la extensión del permiso sin goce de remuneraciones por un año más, desde el 22 de julio de 2024 al 21 de julio de 2025. Sin embargo, ante
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección deducida por doña Pía Abarca González, en contra del Ejército de Chile - Comandante de la División de Personal. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Protección-16693-2024
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veinticinco. Al folio 24: a lo principal, primer y segundo otrosí, téngase presente. Al tercer otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 5 de enero de 2025, comparece Pía Abarca González, Teniente de Ejército, en su propio nombre y representación, interponiendo recurso de protección en contra del Ejército de
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