TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL VIÑA DEL MAR

C/ FABIAN ESTEBAN PULGAR DURAN

Rol

Fecha

6 de enero de 2025

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUGARES PUBLICOS O PRIV.CON PREVIO CONCIERTO ART. 50 LEY Nº 20.000 TRAFICO ILICITO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En los autos RUC 2300595315-4, RIT 688-2023, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, seguidos en contra de Fabián Esteban Pulgar Durán, el fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Viña del Mar, Stefan Kramar Brand, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de catorce de noviembre de dos mil veinticuatro, que condenó al acusado como autor, en grado consumado, de la falta de porte de sustancias estupefacientes en lugares públicos, prevista en el artículo 50 inciso 3° de la Ley N°20.000, ilícito perpetrado en Viña del Mar el treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. El recurso se sustenta en la causal contemplada en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación con los artículos 342 letra c) y 297 del mismo Código, por estimar el recurrente que en el establecimiento de los hechos que el tribunal a quo dio por acreditados, no se habría dado cumplimiento a las exigencias de dichas disposiciones legales. En la vista del recurso, que tuvo lugar el diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, se escucharon alegatos, tanto por el Ministerio Público como por la defensa del referido imputado, abogando ambos por sus respectivas pretensiones y fijándose el día de hoy para la lectura del fallo. Oídos los abogados intervinientes y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, en la sentencia impugnada, en su considerando décimo, el tribunal a quo tuvo por acreditados los siguientes hechos: "En horas de la noche del día 31 de mayo de 2023, en calle Teniente Merino intersección calle Aníbal Pinto, sector Forestal de esta ciudad se mantenía sobre la acera, el vehículo placa patente HCTZ – 61 en cuyo interior, en el asiento del conductor, se mantenía Fabián Esteban Pulgar Durán. Se procedió a la fiscalización del vehículo, emanando desde el interior un intenso olor a marihuana, y en tales circunstancias, estableciéndose que bajo el asiento del conductor se hallaba una bolsa de nylon transparente contenedora de 63,1 gramos netos de cannabis sativa. Además, Pulgar Durán llevaba consigo la suma de $445.000 mil pesos en dinero en efectivo" (sic). Segundo: Que, en el recurso, se pide la anulación del

Fallo

fallo y del juicio que lo antecedió, porque a juicio del recurrente, la sentencia impugnada habría incurrido en el motivo de nulidad previsto en el artículo 374 letra e), en relación con lo prescrito en los artículos 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal. Al valorar la prueba y dar por establecidos los hechos, habría vulnerado lo dispuesto en el artículo 297 del referido Código. En concreto, tras transcribir el tenor de las referidas disposiciones legales, el recurrente sostiene que el fallo impugnado habría infringido el principio lógico de no contradicción. Tercero: Que, para fundar su alegación, el recurrente transcribe el siguiente párrafo, extraído del considerando duodécimo del fallo atacado: “En ese escenario, a falta de claridad acerca del destino final del vehículo y quien se mantenía finalmente en posesión de sus llaves, cobran entonces sustento los dichos del acusado y avalados por sus padres en relación a la presencia de un tercer sujeto, por lo que siendo así, puesto el Tribunal frente a versiones contradictorias y no existiendo motivo para preferir o dar mayor crédito a una por sobre la otra, la conclusión que se arriba es que la presencia (o no) del tercer sujeto Nicolás Cabrera en el sitio del suceso se corresponde finalmente con un hecho que, simplemente, no ha sido considerado por el Tribunal como parte de la sucesión de eventos ocurridos en la noche de ese día 31 de mayo, por lo que tal circunstancia ninguna incidencia pudo tener, finalmente,

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de enero de dos mil veinticinco. Vistos: En los autos RUC 2300595315-4, RIT 688-2023, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, seguidos en contra de Fabián Esteban Pulgar Durán, el fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Viña del Mar, Stefan Kramar Brand, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de catorce de noviem

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