Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

A.F.P. PROVIDA S.A. CON MUNICIPALIDAD DE MAIPU

Rol

P-4434-2023

Fecha

2 de junio de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don JUAN MANUEL LÓPEZ ULLOA, abogado, en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA, entidad de previsión social, ambos domiciliados en Avenida Los Militares N°5885, piso 13, Comuna de Las Condes, interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, representada por su alcalde don TOMÁS VODANOVIC ESCUDERO, ignora profesión, con domicilio en Cinco de Abril N°260, comuna de Maipú. Funda su demanda en que por resolución N°81343044 de fecha 24 de enero de 2023, se estableció que la ejecutada adeuda a su representada la suma de $4.329.864.- (cuatro millones trescientos veintinueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos), por concepto de cotizaciones previsionales morosas de la trabajadora doña Rosa Angélica Villagra Orellana, correspondiente al periodo comprendido entre abril de 2013 a octubre de 2020, agrega, que la resolución acompañada, tiene mérito ejecutivo, y da cuenta de una obligación líquida, actualmente exigible, y no prescrita. En mérito de lo expuesto y normas mencionadas solicita se tenga por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Ilustre Municipalidad de Maipú, ya individualizada, por la suma de $4.329.864.-, más intereses, reajustes y recargos legales correspondientes, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo y, en definitiva ordenar se siga adelante con la ejecución hasta obtener el pago íntegro de las sumas adeudadas, con costas. El Tribunal, con fecha 02 de febrero de 2023, tuvo por interpuesta la demanda ejecutiva, despachando el mandamiento de ejecución y embargo respectivo, en la misma oportunidad. Código: PVMXXFVVPPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 13 de abril de 2023, tuvo lugar la notificación a la ejecutada de autos, de la demanda ejecutiva y proveído, practicándose el respectivo requerimiento de pago el 14 del precitado mes y año. Con fecha 19 de abril de 2023 la ejecut

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte ejecutante solicita el pago de cotizaciones previsionales adeudadas por la ejecutada, fundada en la Resolución N°81343044 de fecha 24 de enero de 2023, se estableció que la ejecutada adeuda a su representada la suma de $4.329.864.- (cuatro millones trescientos veintinueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos) por concepto de cotizaciones previsionales morosas, intereses, reajustes y recargos legales correspondientes. SEGUNDO: Que la ejecutada opuso a la ejecución las excepción de “existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas” contemplada en el numeral 5 del artículo 5 de la Ley 17.322, por los fundamentos ya expresados en lo expositivo de este

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas mencionadas solicita se tenga por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Ilustre Municipalidad de Maipú, ya individualizada, por la suma de $4.329.864.-, más intereses, reajustes y recargos legales correspondientes, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo y, en definitiva ordenar se siga adelante con la ejecución hasta obtener el pago íntegro de las sumas adeudadas, con costas. El Tribunal, con fecha 02 de febrero de 2023, tuvo por interpuesta la demanda ejecutiva, despachando el mandamiento de ejecución y embargo respectivo, en la misma oportunidad. Código: PVMXXFVVPPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 13 de abril de 2023, tuvo lugar la notificación a la ejecutada de autos, de la demanda ejecutiva y proveído, practicándose el respectivo requerimiento de pago el 14 del precitado mes y año. Con fecha 19 de abril de 2023 la ejecutada compareció oponiendo a la ejecución la excepción de existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas contemplado en el numeral 5 del artículo 5 de la Ley 17.322, manifestando que el titulo ejecutivo tiene su origen en la sentencia de reemplazo dictada en la causa Rit O-419-2021del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la cual se declara que se reconoce la existencia de la relación laboral entre la ejecutada y la señora Villagra por el periodo comprendido entre 01 de abril de 2013 al 1

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece don JUAN MANUEL LÓPEZ ULLOA, abogado, en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA, entidad de previsión social, ambos domiciliados en Avenida Los Militares N°5885, piso 13, Comuna de Las Condes, interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, representada por su alcalde

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