CONTRERAS/GODOY
Rol
Fecha
7 de enero de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha veinticinco de octubre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-21007-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha veinticinco de octubre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-21007-2024.
Texto Completo (Preview)
mbaa C.A. de Santiago Santiago, siete de enero de dos mil veinticinco. Al folio 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, el presente recurso no puede ser admitido a
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