SOCIEDAD EMPRENORT LIMITADA/ARAYA
Rol
Fecha
3 de enero de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
VISTOS: Atendido lo señalado en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, y constando que el tribunal a quo rechazó el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento aduciendo que la parte ejecutada no habría probado los
Fundamentos
fundamentos del mismo, no obstante no haber recibido la incidencia a prueba, procede que esta Corte, en ejercicio de las facultades oficiosas contempladas en la norma señalada, anule la resolución en alzada. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 83 y 84 del Código de Procedimiento Civil, SE ANULA DE OFICIO la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada a folio 7 del Cuaderno 5.- Incidente Nulidad de lo Obrado, en causa Rol C-2170-2021 del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, y en su lugar
Fallo
se declara que el tribunal deberá retrotraer la causa al estado de recibir el incidente a prueba, debiendo ser tramitado por juez no inhabilitado. Atento lo resuelto, no se emite pronunciamiento respecto del recurso de apelación deducido en contra de la resolución señalada. Regístrese y comuníquese. Rol 1360-2024 (CIV) 1
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, tres de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido lo señalado en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, y constando que el tribunal a quo rechazó el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento aduciendo que la parte ejecutada no habría probado los fundamentos del mismo, no obstante no haber recibido la incidencia a prueba, procede que esta Corte, en e
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