SALDÍAS/MATAMALA
Rol
Fecha
3 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del motivo vigésimo sexto. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, habiéndose acreditado lo infraccional y contando el Tribunal con la facultad de regular la indemnización de perjuicios, se tiene en consideración que el peritaje judicial, agregado a los autos, da cuenta que el valor de los daños asciende a un millón ciento sesenta y ochos mil setecientos veinte pesos ($1.168.720) y, respecto de la desvalorización, se indica la suma de noventa mil pesos ($90.000), lo anterior como daño emergente. Segundo: Que, en la demanda civil se solicitó como suma total, una indemnización de perjuicios un monto total de un millón seiscientos veintiséis mil quinientos pesos ($1.626.500), desglosado en un millón doscientos veintiséis mil quinientos pesos ($1.226.500) por concepto de reparación del vehículo y cuatrocientos mil pesos ($400.000), por concepto de desvalorización comercial del mismo. Tercero: Que, cabe tener presente, que tal como se señala en el motivo vigésimo quinto de la sentencia apelada, los montos efectivamente acreditados, por los conceptos antes pormenorizados son un millón doscientos mil pesos ($1.200.000) por concepto de reparación del vehículo y noventa mil pesos ($90.000), por concepto de desvalorización comercial del mismo; montos que sumados serán otorgados a la demandante, toda vez que se encuentran dentro de los límites fijados para el jurisdicente al momento de formular su demanda indemnizatoria, cuyo petitorio constituye un marco referencial máximo para el tribunal, pero que no es óbice para que éste pueda conceder una cifra inferior a la peticionada. Cuarto: Que, no se condenará en costas a los demandados, por no haber sido totalmente vencidos. Por lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia de cinco de diciembre de dos mil veintidós, escrita de fojas 132 y siguientes, dictada por el Juzgado de Policía Local de Villa Alema
Fallo
Por lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia de cinco de diciembre de dos mil veintidós, escrita de fojas 132 y siguientes, dictada por el Juzgado de Policía Local de Villa Alemana, en aquella parte que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios, enderezada a fojas 50 del expediente original, por Estrella Ampuero Jiménez, en contra de Rexner Matamala Opazo y en contra de doña Marta Matamala Zúñiga y, en su lugar se declara que se acoge la misma, sin costas, condenándose a los demandados al pago de la suma de un millón doscientos noventa mil pesos ($1.290.000) por concepto de daño emergente, con sus reajustes e intereses legales. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase. N° Policia Local-373-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, tres de enero de dos mil veinticinco. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del motivo vigésimo sexto. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, habiéndose acreditado lo infraccional y contando el Tribunal con la facultad de regular la indemnización de perjuicios, se tiene en consideración que el peritaje judicial, agreg
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica