PLAZA GONZALEZ CAMILA FERNANDA/ JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN ANTONIO
Rol
Fecha
3 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: A lo principal: Atendido el mérito de lo expuesto, y advirtiendo que los hechos descritos en el libelo se encuentran bajo el amparo del derecho en la causa seguida ante el Juzgado de Garantía de San Antonio, pudiendo impugnarse sus resoluciones a través de los remedios procesales que la Ley prevé y, visto lo previsto en el artículo veintiuno de la Carta Fundamental y en el Auto Acordado del Máximo Tribunal sobre la materia, se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente al Juzgado de Garantía de San Antonio, que deberá adoptar todas las medidas pertinentes para cautelar las garantías de la amparada, especialmente en lo que dice relación con su estado de salud y embarazo. Comuníquese lo anterior al tribunal referido, a través de correo electrónico, a la brevedad. Cúmplase por la unidad de causas. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Al segundo otrosí; Atendido que el documento ofrecido no consta acompañado, no ha lugar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-11-2025.
Fallo
se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente al Juzgado de Garantía de San Antonio, que deberá adoptar todas las medidas pertinentes para cautelar las garantías de la amparada, especialmente en lo que dice relación con su estado de salud y embarazo. Comuníquese lo anterior al tribunal referido, a través de correo electrónico, a la brevedad. Cúmplase por la unidad de causas. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Al segundo otrosí; Atendido que el documento ofrecido no consta acompañado, no ha lugar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-11-2025.
Texto Completo (Preview)
sds C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de enero de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio N°1 Ingreso recurso: Visto: A lo principal: Atendido el mérito de lo expuesto, y advirtiendo que los hechos descritos en el libelo se encuentran bajo el amparo del derecho en la causa seguida ante el Juzgado de Garantía de San Antonio, pudiendo impugnarse sus resoluciones a través de los remedios procesales
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