1º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

CEA/CEA

Rol

Fecha

3 de enero de 2025

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por los abogados don Héctor Ravello Brante y doña Macarena Gatica Vargas, en contra de la resolución de fecha veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio N°41 en el cuaderno principal, por extemporánea. Devuélvase. N°Civil-2078-2024. (csd)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por los abogados don Héctor Ravello Brante y doña Macarena Gatica Vargas, en contra de la resolución de fecha veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, escrita a folio N°41 en el cuaderno principal, por extemporánea. Devuélvase. N°Civil-2078-2024. (csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, tres de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por los abogados don Héctor Ravello Brante y doña Macarena Gatica Vargas, en contra de la resolución de fecha veinticuatro de junio de dos mil vein

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