4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ JONATHAN LEONIDAS ARCO OLIVARES Y OTRO

Rol

Fecha

3 de enero de 2025

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que del mérito de los antecedentes que se han puesto en conocimiento de esta Corte, se concluye que ciertamente no han variado sustancialmente las circunstancias que en su oportunidad motivaron al órgano jurisdiccional a sustentar la medida cautelar personal dispuesta en contra de los imputados Arco Olivares y Álvarez Mardones en el peligro para la seguridad de la sociedad y para concluir que ella sólo puede ser resguardada eficientemente mediante su prisión preventiva. En efecto, el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa son suficientes para justificar, por ahora, la concurrencia de todos los elementos de los delitos por los cuales fueron formalizados y la participación que en ellos correspondió a los encausados. La calificación jurídica definitiva de los hechos investigados, el iter criminis del delito de robo en bienes nacionales de uso público, y la concurrencia de eventuales modificatorias de responsabilidad, corresponde que sean debatidas y resueltas en el juicio oral respectivo, en que ciertamente la bilateralidad de la audiencia y el estándar del derecho de defensa, prueba y de contra examen es muy superior al de esta etapa procesal, en que tales garantías procesales aparecen disminuidas. Así las cosas, no se encuentran suficientemente desvirtuados los antecedentes que anteriormente permitieron concluir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, que sólo puede ser resguardada debidamente mediante su correspondiente prisión preventiva, por existir un inminente peligro de reiteración de conductas criminales, muy especialmente teniendo en consideración para concluir de esta forma: la naturaleza de los delitos que se imputan a los encausados; el número de los mismos; el hecho de que actuaron en grupo o pandilla; la entidad de la pena que arriesgan y su forma de cumplimiento; y la reiterada reprochable conducta anterior de que dan cuenta los extractos de filiación

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 27 de diciembre del año pasado, dictada en los autos RIT N° 9.824-2024, por el 4° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que sustituyó la medida cautelar actualmente dispuesta respecto de los imputados Jonathan Leónidas Arco Olivares y Víctor Mauricio Álvarez Mardones por las de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional; y en su lugar se declara que se mantiene la prisión preventiva de ambos. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol N° 16-2025.- Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y la Abogada Integrante señora Claudia Candiani Vidal. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, tres de enero de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-16-2025 Ruc: 2401267888-2 Rit : O-9824-2024 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: las Ministras señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, señora Jenny Book Reyes y la Abogada Integrante señora Claudia Candiani Vidal Relatora: Bárbara Magallanes Digitadora: Carla Tr

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