3º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

3 de enero de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1º.- Que, no consta que la alimentaria haya realizado actuaciones destinadas a obtener el cobro compulsivo de las obligaciones adeudadas desde el año 2007, hasta julio de 2012, ni que el ejecutado haya efectuado alguna gestión que pueda interrumpir la prescripción, apareciendo un último pago el 15 de abril de 2013, de acuerdo la liquidación de deuda de 9 de octubre de 2020. Asimismo, se encuentra establecido que el alimentario nació el día 1 de diciembre de 1993, y que, por lo tanto, cumplió 18 años el día 1 de diciembre de 2011. 2º.- Que, por su parte, en lo relativo a la legislación aplicable, se debe indicar que por medio de la Ley N.º 21.389, publicada el...

Texto Completo (Preview)

Santiago, tres de enero de dos mil veinticinco. Vistos: 1º.- Que, no consta que la alimentaria haya realizado actuaciones destinadas a obtener el cobro compulsivo de las obligaciones adeudadas desde el año 2007, hasta julio de 2012, ni que el ejecutado haya efectuado alguna gestión que pueda interrumpir la prescripción, apareciendo un último pago el 15 de abril de 2013, de acuerdo la liquidación d

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