SIN INFORMACION

EN FAVOR DE ORLANDO ANTONIO MONTOYA GOMEZ CONTRA /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Rol

Fecha

3 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 27 de diciembre de 2024 comparece Alejandro Ibáñez Martínez, abogado en favor de ORLANDO ANTONIO MONTOYA GOMEZ, colombiano, pasaporte número AV673934, ambos domiciliados para estos efectos en 18 de septiembre s/n, comuna de Chépica, quien interpone recurso de amparo en contra de la Resolución Exenta Nº 44827 expulsando del país al amparado, afectando con la dictación de este acto administrativo su libertad ambulatoria, vulnerando con ello lo establecido en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República. Funda su acción señalando que el amparado ingresó a Chile en agosto de 2012 como turista, con el propósito de visitar a sus hijos mayores y nietos. Indica que en tierra nacional tramitó la respectiva residencia y que, ante fiscalización de Carabineros de Chile fue llevado a dependencias de la policía de investigaciones de Chile oportunidad en que le fue entregada el acta de notificación de medida de expulsión por resolución de 15 de diciembre de 2024, la que se fundó en la existencia de antecedentes penales negativos en Chile, específicamente por el delito de autor de tráfico ilícito de drogas según causa RIT443-2018 del 10° Juzgado de Garantía de Santiago, causa cuya pena se encuentra cumplida. Respecto del arraigo familiar del amparado, indica que vive en Chile junto a sus dos hijos chilenos menores de edad Saray y Crishna, quienes dependen económica y emocionalmente del amparado. Agrega que trabaja como chofer para Alejandro Soto. Cita el artículo 2° de la Ley 20.530 y el 19 de la Ley 21.325 y argumenta que el amparado lleva alrededor de 12 años en el país de manera permanente, período en el que ha desarrollado un sentido pertenencia, desarrollando su proyecto familiar en el país, junto a sus hijos. Agrega que no cuenta con más antecedentes penales negativos en su país de origen ni en Chile. En cuanto a la expulsión, precisa que el 15 de diciembre de 2024 fue notificado de resolución exenta número 44.827 que ordenó su

Fundamentos

motivos laborales, la que fue rechazada por dicha condena y se dispuso su abandono del país. Añade que a su vez, consta causa RIT; Ordinaria 692 - 2021 y Ruc 2100133712-K del 3° Juzgado de Garantía de Santiago por el ocultamiento de placa patente, sin embargo, se declaró la incompetencia del tribunal remitiéndose los antecedentes al Juzgado de Policía Local pertinente; consta causa RIT Ordinaria 1159 - 2023 y Ruc 2300389877-6 del 1° Juzgado de Garantía de Santiago por ocultamiento de identidad en control investigativo y por maltrato de obra a personal de Policía de Investigaciones, declarándose el sobreseimiento definitivo en audiencia del 29 de abril de 2024. Puntualiza que el actor salió del país e intentó volver a ingresar el año 2023, pero se le negó el acceso debido a una prohibición de entrada vigente, que se debe a la existencia de una orden de abandono vigente y a la gravedad de los delitos cometidos (tráfico de drogas y tráfico y tenencia de arma). Indica que ante esta prohibición, el extranjero presentó un Recurso de Amparo ROL 2878 – 2023 ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, que fue rechazado. De lo anterior, indica que se pueden extraer dos conclusiones: primero, si el extranjero se encuentra en el territorio nacional, lo está haciendo en violación a la prohibición de ingreso y segundo, no es cierto que el extranjero no haya tenido conocimiento de la expulsión dictada en su contra. Relata que el 15 de diciembre de 2024 consta causa RIT Ordinaria O - 2362- 2024 y Ruc 2401546602 - 9 del Juzgado de Garantía de Santa Cruz por el delito de Violación de morada, causa que a la fecha, continua en tramitación. En cuanto al proceso de expulsión, reitera que mediante Resolución Exenta N° 49.143 de 12 de marzo de 2020, se rechazó la solicitud de visación temporaria y se dispuso el abandono del país por la condena señalada. Añade que, de conformidad a lo establecido en el artículo 132 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería y en el artículo 141 de su Reglamento, mediante Acta de Notificación de fecha 10 de abril de 2023, del Departamento de Inspección Secundaria Aeropuerto de la Policía de Investigaciones de Chile, el extranjero fue notificado personalmente del Oficio Ordinario N° 11.429 de fecha 07 de febrero de 2023, de este Servicio, que dio inicio a un procedimiento sancionatorio seguido en su contra por infringir la legislación migratoria vigente, iniciándose el respectivo procedimiento en el cual no remitió antecedentes correspondientes al período de descargos, dictando la resolución que por esta vía se impugna. Sostiene que la resolución impugnada fue dictada con estricto apego a la normativa legal y reglamentaria vigente al momento de su dictación, y sus fundamentos se encuentran debidamente expresados en sus Considerandos 1° a 4°, siendo aquellos ajustados a las normas y principios de la legislación en materia migratoria actualmente vigente, como también a los principios de razonabilidad, proporcionalidad y demá

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que regula la materia, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de ORLANDO ANTONIO MONTOYA GOMEZ, colombiano, pasaporte número AV673934, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol I. Corte 763-2024 Amparo. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, tres de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Con fecha 27 de diciembre de 2024 comparece Alejandro Ibáñez Martínez, abogado en favor de ORLANDO ANTONIO MONTOYA GOMEZ, colombiano, pasaporte número AV673934, ambos domiciliados para estos efectos en 18 de septiembre s/n, comuna de Chépica, quien interpone recurso de amparo en contra de la Resolución Exenta Nº 44827 expuls

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica