2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

MUÑOZ/BANCO SANTANDER -CHILE

Rol

Fecha

2 de enero de 2025

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Por sentencia de ocho de noviembre de dos mil veintitrés, dictada en causa RIT O-4248-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda por despido injustificado interpuesta por Cristián Muñoz Gajardo, declarando improcedente el despido por desahucio del empleador, condenando a Banco Santander Chile al pago de $21.902.700 por concepto de recargo del 30% calculado sobre la indemnización convencional sin topes, y la suma de $7.497.628 por devolución del aporte al seguro de cesantía, más reajustes, intereses y costas. Contra dicho fallo recurrió la parte demandada, por la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo y, en subsidio, por la causal contemplada en el artículo 477 del mismo cuerpo legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, como causal principal, la demandada invoca aquella del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, sosteniendo que la sentencia infringe las reglas de la sana crítica al concluir que el actor no tenía facultades para representar al empleador ni facultades generales de administración, a pesar de que la prueba rendida demostraba lo contrario. Argumenta que existe una contradicción al reconocer en el mismo considerando octavo diversas facultades del actor como agente de sucursal, pero luego concluir que carecía de facultades de representación y administración. Señala que se vulneraron los principios de identidad, contradicción y razón suficiente al no valorar adecuadamente el contrato de trabajo, las declaraciones de testigos y la propia confesión del actor al momento de absolver posiciones que acreditaba sus amplias facultades. La infracción denunciada habría influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pues llevó a declarar injustificado el despido y condenar al pago del recargo del 30%, cuando debió rechazarse la demanda al estar acreditado que el actor sí tenía las facultades que hacían procedente la causal de desahucio. Segundo: Que, en forma subsidiaria, invoca la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, argumentando que se infringieron los artículos 168, 163, 172 y 5° del Código del Trabajo y 1545 y 1546 del Código Civil, al calcular el recargo del 30% sobre la indemnización convencional y no sobre la indemnización legal con topes, como expresamente se pactó en la cláusula Decima Letra A del convenio colectivo del cual formaba parte el demandante. Sostiene que esta infracción influyó sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo recurrió la parte demandada, por la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo y, en subsidio, por la causal contemplada en el artículo 477 del mismo cuerpo legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y considerando: Primero: Que, como causal principal, la demandada invoca aquella del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, sosteniendo que la sentencia infringe las reglas de la sana crítica al concluir que el actor no tenía facultades para representar al empleador ni facultades generales de administración, a pesar de que la prueba rendida demostraba lo contrario. Argumenta que existe una contradicción al reconocer en el mismo considerando octavo diversas facultades del actor como agente de sucursal, pero luego concluir que carecía de facultades de representación y administración. Señala que se vulneraron los principios de identidad, contradicción y razón suficiente al no valorar adecuadamente el contrato de trabajo, las declaraciones de testigos y la propia confesión del actor al momento de absolver posiciones que acreditaba sus amplias facultades. La infracción denunciada habría influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pues llevó a declarar injustificado el despido y condenar al pago del recargo del 30%, cuando debió rechazarse la demanda al estar acreditado que el actor sí tenía las facultades que hacían procedente la causal

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Por sentencia de ocho de noviembre de dos mil veintitrés, dictada en causa RIT O-4248-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda por despido injustificado interpuesta por Cristián Muñoz Gajardo, declarando improcedente el despido por desahucio del empleador, condenando a Banco Santander Chile

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica