SIN INFORMACION

TORREJÓN/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

2 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Francheska Katherine Araya Carvajal, Abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, domiciliada en Prat 214 oficina 305, Antofagasta, por el condenado Dany Patricio Torrejón Avalos, cédula nacional de identidad Nº16.133.666-1, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por la dictación de la resolución de fecha 11 de octubre de 2024, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a derecho, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, solicitando se revoque la resolución señalada y se ordene conceder la libertad condicional al amparado. Informa la recurrida al tenor del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente expone que su representado se encuentra cumpliendo condena impuesta en las siguientes causas: RIT 8697-2021, RUC, 2100435465, impuesta por el Tribunal de Garantía de Antofagasta, que impone una pena 541 días de presidio menor en su grado medio por su responsabilidad en el delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir; -RIT 4940-2019, RUC, 1800928547, impuesta por el Tribunal de Garantía de Antofagasta, que impone una pena 541 días de presidio menor en su grado medio por su responsabilidad en el delito consumado de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. Indica que de acuerdo a la información proporcionada por Gendarmería de Chile, registra como fecha de inicio de condena el 15 marzo 2022 y se proyecta su cumplimiento para el 27 de febrero de 2025, con abono de 1 día. Por lo anterior, su fecha de tiempo mínimo de postulación a libertad condicional se verificó el 6 de septiembre de 2023. Añade que, al considerarse por Gendarmería de Chile, mediante su tribunal de conducta, que su representado cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el D.L. N°321 y su respectiva modificación, el segundo semestre del año 2024 su representado fue postulado a la Comisión para optar a la Libertad Condicional. Refiere que, por resolución de fecha 11 de octubre de 2024, la Comisión de Libertad Condicional rechazó la petición de libertad condicional del amparado, la cual adjunta y transcribe en lo pertinente. Alega como primera cuestión relevante, que el amparado actualmente hace uso del beneficio de salida de fin de semana, a lo menos desde julio del año 2024. En relación a su postulación, conforme a su última evaluación de riesgo de reincidencia, se genera una diminución considerable en este, desde muy alto desciende a alto. En conciencia y gravedad del delito, es capaz de reconocer su participación, no obstante, verbaliza lo sucedido mediante ciertas minimizaciones. En cuanto a la disposición al cambio, se mantiene en contemplación, evidenciando relato en cuanto a proyecciones de cambio, sin embargo, se indica que aún requeriría mayor profundización y refuerzo en torno a sus factores de riesgo. Mantiene rechazo explícito al delito, al considerar costos a nivel personal relacionado con la privación de libertad. Ha participado de las siguientes intervenciones propias de su PII: taller para el egreso, taller deportivo y polideportivo, taller de habilidades artesanales, capacitación laboral en oficios intrapenitenciarios, taller de bajo umbral y taller psicológico grupal En la actualidad presenta una adherencia en cuanto a sus actividades de reinserción social, logrando un avance significativo al interior de la unidad penal, , lo que le deja escaso tiempo para involucrarse en actividades antisociales o las que pudieren provenir de la subcultura carcelaria. Por cuanto, conforme todo lo anterior, es p

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto por Francheska Katherine Araya Carvajal, Abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, por el condenado Dany Patricio Torrejón Avalos, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. Rol 601-2024 (AMPARO) 5

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, dos de enero de dos mil veinticinco VISTOS: Comparece Francheska Katherine Araya Carvajal, Abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, domiciliada en Prat 214 oficina 305, Antofagasta, por el condenado Dany Patricio Torrejón Avalos, cédula nacional de identidad Nº16.133.666-1, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por la dict

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