GUSTAVO ENRIQUE REUSE CARTES CONTRA TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Rol
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
OTRAS MATERIAS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: 1°) Que se elevan estos antecedentes para conocer del recurso de apelación interpuesto por Gustavo Enrique Reuse Cartés, parte ejecutada en el proceso de cobro de impuestos sustanciado en esta etapa por el Tesorero Regional de Los Lagos, en contra de la resolución que deniega el abandono del procedimiento, por estimar el sentenciador de primer grado que en el Código Tributario no existe reenvío al Código de Procedimiento Civil, para el tratamiento y aplicación del instituto del abandono del procedimiento. 2°) Que como ya se ha afirmado por esta Corte en otras oportunidades, la función desarrollada por el Tesorero Provincial, Juez sustanciador que instruye la primera etapa del procedimiento de cobro regulada en el título V del libro III del Código Tributario, es de carácter jurisdiccional, pues la ley le ha conferido facultades en dicho carácter. Así́ se desprende, por ejemplo, del artículo 170 del Código Tributario, en cuanto ordena despachar mandamiento de ejecución y embargo contra el deudor y ordena su notificación y requerimiento de pago, o el artículo 177 del mismo cuerpo legal, en cuanto le permite desechar de plano la excepción de no empecer el título al ejecutado que no cumpliere los requisitos de admisibilidad previstos en la ley. 3°) Que, no obsta a lo anterior el hecho que se trate de una autoridad administrativa, pues la garantía del debido proceso reconocida en el artículo 19 N°3, inciso 6°, de la Constitución Política de la República, comprende no sólo a las sentencias emanadas de aquellos tribunales que integran el Poder Judicial, tratado en el Capítulo V de nuestra Constitución, sino a "Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción", como sucede con el Juez Sustanciador. Así́ se ha razonado además por la Excma. Corte Suprema en causas Rol 7.592-2015 y 16.619-2016, entre otras. 4°) Que, aclarada la naturaleza jurisdiccional del procedimiento seguido ante el Tesorero como Juez Sustanciador, el abandono del procedimiento, en tanto instit
Fallo
se declara abandonado el procedimiento de autos respecto del ejecutado Gustavo Enrique Reuse Cartés, en el expediente administrativo 503-2004. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse con permiso. Devuélvase. Rol Civil 1252-2024.-
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Puerto Montt, dos de enero de dos mil veinticinco. Visto: 1°) Que se elevan estos antecedentes para conocer del recurso de apelación interpuesto por Gustavo Enrique Reuse Cartés, parte ejecutada en el proceso de cobro de impuestos sustanciado en esta etapa por el Tesorero Regional de Los Lagos, en contra de la resolución que deniega el abandono del procedimiento, por estimar el sentenciador de pr
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