MP. C/ JUAN ADONAY PARRA OSORIO. RECURSO INCOROPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N°20.253
Rol
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
FAB, ELAB, MOD, IMP, EXP, ADQ FUEGOS ARTIFICIO ART 10 INC 3º
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto durante la audiencia, se desprende que, sin perjuicio de haberse declarado ilegal la detención, atendida la pluralidad y el carácter de los delitos por los que se formalizó la investigación, su forma de comisión, la gravedad de la pena asignada a los mismos y su eventual forma de cumplimiento, esta Corte estima que, para mantener al imputado adherido a los actos del procedimiento, la necesidad de cautela se satisface con las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, que se señalarán en lo resolutivo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352 y 360 del Código antes citado, se revoca la resolución dictada en audiencia de treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo que no decretó medidas cautelares y en su lugar se declara que, de oficio, esta Corte impone a Juan Adonay Parra Osorio, las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) de la norma legal citada, consistentes en arresto domiciliario parcial nocturno y prohibición de salir del país. El tribunal a quo dispondrá lo pertinente para cumplir lo resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 5-2025 Penal.
Fallo
se declara que, de oficio, esta Corte impone a Juan Adonay Parra Osorio, las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) de la norma legal citada, consistentes en arresto domiciliario parcial nocturno y prohibición de salir del país. El tribunal a quo dispondrá lo pertinente para cumplir lo resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 5-2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dos de enero de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Sala Rol: 5-2025 Penal Ruc: 2401605863-3 RIT: 12283-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señora Ana Cienfuegos Barros y señor René Cerda Espinoza y Abogado Integrante señor Adelio Misseroni Raddatz. Relator: Enrique Cossio Vásquez Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Pamela Ballesteros Defe
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