SOTO VARGAS JUAN JOSE / FISCAL NACIONAL
Rol
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, al no vulnerar o amenazar la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como la garantía de que la libertad personal no pueda ser afectada sino en los casos y en las forma previstas en la Constitución y la ley, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser admitida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-4066-2024.imm
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-4066-2024.imm
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de enero de dos mil veinticinco. A los folios N°s 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por
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