SIN INFORMACION

MONTES/MONTES

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, don Rodrigo Ávila Oliver, abogado defensor privado, en representación del querellado José Ignacio del Sagrado Corazón Montes Ariztía, en la causa Rol Corte Penal 6683-2024, RUC N° 1810027022-2, RIT N° 6876-2018 del 2° Juzgado de Garantía de Santiago, ha interpuesto Falso Recurso de Hecho en contra de la resolución de fecha 25 de noviembre del presente año dictada por dicho tribunal, que resolvió declaró admisible, a la apelación interpuesta por la parte querellante en contra de la resolución dictada en audiencia por este mismo tribunal con fecha 18 de noviembre de 2024 relativa a la parte que no condenó en costas a su representada por estimar que existen

Fundamentos

motivos plausibles para litigar, pretendiendo la recurrente que sea revocada solo en ese acápite y se conceda la condena en costas. Arguye que el recurso de apelación resultaba improcedente conforme la jurisprudencia de nuestros tribunales superiores de justicia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, ya que al ser una resolución que se pronuncia sobre la solicitud de sobreseimiento definitivo efectuada por esta parte, corresponde a una sentencia interlocutoria, sin embargo, no es de aquellas que ponen término al procedimiento ni que hacen imposible su persecución, y menos aún se podría sostener que suspende el proceso. Afirma que, además tampoco corresponde a aquellas resoluciones que son expresamente apelables según nuestra normativa vigente.

Fallo

En mérito de lo expuesto, solicita se declare inadmisible el recurso de apelación impetrado por la querellante fecha 25 de noviembre de 2024. Segundo: Que, resulta del caso considerar que, de conformidad al artículo 370 del Código Procesal Penal, el recurso de apelación procede tratándose de sentencias que ponen termino al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de 30 días, y cuando la ley lo señale expresamente. Tercero: Que, en ese orden de ideas, la resolución apelada que versa sobre la condena en las costas del juicio no reviste ninguna de esas características, sin que proceda la aplicación supletoria que prevé el artículo 361 del texto legal citado, toda vez que dicha supletoriedad ha de ser entendida en términos procedimentales y no para ampliar el régimen recursivo, claramente restrictivo en el ordenamiento procesal penal, según aparece de su Mensaje cuando expresa en relación al recurso de apelación y a la consulta "Estos mecanismos de control no resultan en general compatible con el nuevo sistema". Por estas consideraciones y, atendido, además, lo dispuesto en los artículos 369, 370 y 371 del Código Procesal Penal, se acoge, el recurso de hecho interpuesto en contra de la resolución de 18 de noviembre de 2024 del 2° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT 6876-2018, declarándose, en consecuencia, inadmisible el recurso de apelación deducido por la querellante con fecha 25 de noviembre del año en curso. Déjese constancia

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, don Rodrigo Ávila Oliver, abogado defensor privado, en representación del querellado José Ignacio del Sagrado Corazón Montes Ariztía, en la causa Rol Corte Penal 6683-2024, RUC N° 1810027022-2, RIT N° 6876-2018 del 2° Juzgado de Garantía de Santiago, ha interpuesto Falso Recurs

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