CÉSAR MANUEL SÁEZ CARRILLO/SECCION DE REMUNERACIONES DE LA POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
31 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Que la naturaleza propia de esta acción constitucional y el procedimiento inquisitivo dispuesto para su tramitación, determinan que no sea procedente este arbitrio para discutir y/o declarar derechos o establecer hechos que se encuentran controvertidos de la forma propuesta por el recurrente; de manera tal que, en tales condiciones, no se vislumbra alguna afectación, en su esencia, a derechos fundamentales que sea necesario resolver con la urgencia para lo cual está dispuesto el recurso de protección, resultando evidente que no es esta especialísima acción constitucional la vía para conocer la materia propuesta y menos aún para resolver las peticiones sometidas al conocimiento del tribunal; toda vez que los hechos podrían ser objeto de un juicio declarativo, siendo el objeto del recurso de protección el restablecimiento de un derecho del que el recurrente es titular indiscutido, y respecto del cual ha sido despojado ilegal o arbitrariamente o, al menos, perturbado en su legítimo ejercicio, aún en grado de amenaza, por lo que el asunto del presente recurso, solo puede ser resuelto mediante un litigio de lato conocimiento; en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Regístrese y archívese. N°Protección-23320-2024.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Regístrese y archívese. N°Protección-23320-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción NGA/cms Concepción, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. Al recurso de folio 1: A lo principal y otrosíes: Visto: Que la naturaleza propia de esta acción constitucional y el procedimiento inquisitivo dispuesto para su tramitación, determinan que no sea procedente este arbitrio para discutir y/o declarar derechos o establecer hechos que se encuentran controvertidos
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