JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PORVENIR

SERGIO DAVID RIQUELME CONTRERAS C/ MANUEL ANTONIO TALMA CULUN

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2024

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que en estos antecedentes, provenientes del Juzgado de Competencia Común de Porvenir, el Ministerio Público recurre de apelación en contra de la sentencia dictada el 17 de diciembre de 2024, en la parte en que decide conceder al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional, solicitando se revoque la sentencia y se disponga el cumplimiento efectivo de la pena, en estrados insta por la sustitución la pena privativa de libertad mediante reclusión parcial. 2° Que, el recurso de apelación se funda, en síntesis y en lo pertinente, en que el tribunal no habría evaluado correctamente los antecedentes del imputado, por cuanto, en su concepto, no concurren las exigencias del artículo 4° en sus literales b) y c) de la ley N°18.216. Alude, que a su parte no se le confirió traslado en la audiencia de procedimiento simplificado, para formular sus alegaciones, referidos a la existencia de una condena anterior que impedía acceder a la remisión condicional. 3° Que, circunscribiendo el análisis al ámbito preciso de la apelación planteada, conforme al artículo 4 letra b) de la Ley Nro. 18.216, “Si el penado no hubiese sido condenado anteriormente por crimen o simple delito. En todo caso, no se considerarán para estos efectos las condenas cumplidas diez o cinco años antes, respectivamente, de la comisión del nuevo ilícito”. A su vez, en lo atingente a la apelación, el mismo artículo, en su letra c), permite la aplicación de la pena sustitutiva de remisión condicional: “si los antecedentes personales del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito permitieren presumir que no volverá a delinquir”. 4° Que, de los antecedentes de la causa, en relación al requisito de la letra b) antes indicada, aparece que el imputado ha sido condenado previamente en relación precisamente al manejo en estado de ebriedad, que desde el punto de vista objetivo impide la aplicación de pe

Fundamentos

considerando que los hechos por los cuales se le condena ocurrieron el 15 de junio de 2024. Lo anterior impide la sustitución de la remisión condicional. 5° Que, no obstante lo anterior, corresponde analizar la concurrencia de los requisitos de las demás penas sustitutivas contempladas en la citada ley, en este sentido entiende esta Corte que, el ahora sentenciado, cumple con los requisitos objetivos del artículo 8°. En cuanto a la existencia de antecedentes laborales, educacionales o de otra naturaleza similar que justificaren la pena, así como si los antecedentes personales del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, permitieren presumir que la pena de reclusión parcial lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos, se entiende concurrentes, conforme a lo debatido en la instancia y en estrados, considerando además que habiéndose concedido previamente una pena sustitutiva, aquella fue adecuadamente cumplida.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con las disposiciones legales citadas y lo dispuesto en los artículos 370 del Código Procesal Penal y 37 de la Ley Nro. 18.216, SE REVOCA, en lo apelado, la sentencia suscrita con fecha veintitrés de diciembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Competencia Común de Porvenir, en aquella parte que concedió la pena sustitutiva de remisión condicional y en su lugar se declara que se concede la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria al sentenciado Manuel Antonio Palma Culún. Regístrese, notifíquese y comuníquese. Rol N°402-2024 Penal.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que en estos antecedentes, provenientes del Juzgado de Competencia Común de Porvenir, el Ministerio Público recurre de apelación en contra de la sentencia dictada el 17 de diciembre de 2024, en la parte en que decide conceder al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional, solicitando se re

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica