CRISTIANNE SIEBERT SCHELL/TERCERA SALA CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO
Rol
Fecha
31 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que a folio 1 comparece don Carlos Tenorio Fuentes, defensor penal privado en representación de la imputada CRISTIANNE SIEBERT SCHELL, quien deduce acción constitucional de amparo contra la resolución de 18 de diciembre de este año dictada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, en causa Rol N.° 2200-2024-PENAL, integrada por Sr. Carlos Gutiérrez Zavala, Ministro Sr. José Héctor Marinello Federici y el Abogado Integrante, Sr. Sergio Rolando Oliva Fuentealba, por medio de la cual y conociendo de recurso de apelación deducidos por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado como querellante, incumpliendo el deber de fundamentación de las resoluciones judiciales, revocó, por voto de mayoría, la resolución de 10 de diciembre último dictada por el Juzgado de Garantía de dicha ciudad, decretando como medidas cautelares personales las contempladas en el artículo 155, letras a), arresto domiciliario total, d), arraigo nacional y f), prohibición de comunicarse, por cualquier medio, con otros coimputados de la causa, confirmando en lo demás el
Fallo
fallo apelado, al haber dado por establecida la concurrencia de los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Expone que en causa RIT 5007-2023 seguida ante el Juzgado de Garantía de Temuco se conoce una investigación criminal en la que se atribuye, a diversos imputados, la autoría en delitos de fraude al fisco, lavado de activos, cohecho, entre otros, todas conductas que se habría ejecutado por funcionarios públicos, en dicho contexto la amparada fue formalizada con fecha 10 de diciembre de 2024, en la que se le atribuyó co-autoría en el delito de fraude al fisco, tipificado en el artículo 239 inciso 3 del Código Penal, en carácter de reiterado. Que en dicha audiencia El Ministerio Público y el querellante Consejo de Defensa del Estado, solicitaron la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto, siendo rechazada por la Juez de garantía resolviendo que no se encuentra acreditada la existencia del delito ni la participación de la amparada y la coimputada en el mismo; no obstante, únicamente para garantizar la comparecencia de aquellas a los actos del procedimiento, decretó las medidas cautelares personales de firma mensual, arraigo nacional y prohibición de comunicación con los imputados de la causa. Agregó que la decisión de la Tercera Sala resulta ilegal y arbitraria ya que ninguna reflexión existe en la resolución que se cuestiona, sin expresar claramente los antecedentes calificados que sirvieron de base pa
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Valdivia, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que a folio 1 comparece don Carlos Tenorio Fuentes, defensor penal privado en representación de la imputada CRISTIANNE SIEBERT SCHELL, quien deduce acción constitucional de amparo contra la resolución de 18 de diciembre de este año dictada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, en caus
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