SIN INFORMACION

VICTOR ENRIQUE ARAYA ROJAS/CORTE APELACIONES COPIAPO

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Patricia Adriana Medina Fort y Raúl Orlando Peña Navarrete, abogados, en favor del amparado, Víctor Enrique Araya Rojas, actualmente privado de libertad en cumplimiento efectivo de su condena en la unidad penal de Copiapó, quienes deducen acción de amparo en contra de la resolución de fecha 17 de diciembre de 2024 dictada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Copiapó que resolvió confirmar la sentencia apelada de fecha 05 de Diciembre de 2024 dictada por la jueza (s) del Juzgado de Garantía de Copiapó, Nathalie Fuentes Flores, que no hizo lugar a la petición de otorgar al sentenciado Víctor Enrique Arara Rojas la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y ordenó el cumplimiento efectivo de su condena, acto ilegal y arbitrario que afecta la libertad ambulatoria del amparado, vulnerando lo establecido en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución política de la república, solicitando otorgar la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. Informa la recurrida, instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que mediante sentencia de fecha 05 de diciembre de 2024, dictada por el Juzgado de Garantía de Copiapó, en causa RIT 3481-2024 RUC 240006653234-5, “se CONDENÓ al amparado don VICTOR ENRIQUE ARARA ROJAS, en calidad de autor de cuatro (4) delitos de robo en bienes nacionales de uso público o sitios no destina., en grado de desarrollo de consumados perpetrados en la comuna de Copiapó, los días 23 de abril del año 2024, 27 de mayo del año 2024, 28 de mayo del año 2024 y 03 de junio del año 2024 a la pena única de “TRES (3) AÑOS Y (1) DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO- accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es, inhabilidad absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena". Indica que la resolución dictada con fecha 17 de diciembre de 2024, confirmada por Ilustrísima Corte de Copiapó en la causa rol penal número 902-2024, establece que; "en el caso de autos, el informe social acompañado por la defensa en esta instancia permite acreditar arraigo social del sentenciado, pero no se refiere a características de su personalidad, lo que resulta fundamental para tener por cumplido dicho requisito.

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto en los artículos 37 de la Ley 18.216 y 358, 360 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA en lo apelado la sentencia de fecha cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Jueza (s) del Juzgado de Garantía de Copiapó, doña Nathalie Fuentes Flores, que no hizo lugar a la petición de otorgar al sentenciado Víctor Enrique Araya Rojas la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y ordenó el cumplimiento efectivo de su condena. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Ricardo Garrido Álvarez, quien _fue de opinión de conceder al sentenciado la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, por satisfacerse sus requisitos objetivos y subjetivos, resultando suficiente al efecto el informe social incorporados por la defensa, que se refiere a sus antecedentes sociales y a características de su personalidad.” Sostiene que la privación de libertad actual carece de fundamentación suficiente, ya que se desestimó arbitrariamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 15 de la Ley 18.216, desde que los informes sociales proporcionan elementos claves sobre los antecedentes del condenado, evaluando su posibilidad de reinserción y ajustándose a los fines de justicia y prevención especial del sistema penal. La interpretación de estos informes por parte del juez, conforme a los principios de justicia y proporcionalidad, puede respaldar la concesión de esta pena al satisfacerse los requisit

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Patricia Adriana Medina Fort y Raúl Orlando Peña Navarrete, abogados, en favor del amparado, Víctor Enrique Araya Rojas, actualmente privado de libertad en cumplimiento efectivo de su condena en la unidad penal de Copiapó, quienes deducen acción de amparo en contra de la resolución de fecha 17 de diciembre de 2024

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