3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

HERMOSILLA/VEGA

Rol

Fecha

2 de enero de 2025

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: 1.- Que, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe contener los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulen al tribunal de segunda instancia. 2.- Que, para que una petición sea concreta se requieren dos exigencias copulativas: a) Que se solicite la revocación, modificación o enmienda del fallo; y b) Qué decisión se pide que se dicte en su reemplazo. 3.- Que, la apelación deducida por el demandante carece de fundamentos de hecho y de derecho en que se apoye; y de peticiones concretas, ya que deduce reposición con apelación en subsidio sin indicar la solicitud de revocación, modificación o enmienda del fallo; por lo que el recurso es inadmisible.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 189 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por improcedente, el recurso de apelación interpuesto por la demandante el doce de diciembre de dos mil veinticuatro, y concedido el trece del mismo mes y año, contra de la resolución de diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Devuélvase. N°Civil-3577-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción SYS/v.p.s. Concepción, dos de enero de dos mil veinticinco. Visto: 1.- Que, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe contener los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulen al tribunal de segunda instancia. 2.- Que, para que una petición sea con

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