SIN INFORMACION

RONALD FERNANDEZ / MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CMDS

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: Comparece Ronald Fernández Saldarriaga, en favor de Melisa Fernández Barrera, quien deduce recurso de protección en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación Antofagasta y Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, por no otorgar matrícula para el año escolar 2025, acto ilegal y arbitrario que vulnera el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República, solicitando se otorgue un cupo para matrícula en Colegio Andrés Sabella. Evacuan informe las recurridas al tenor del presente recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que postularon a su hija a otro colegio y producto de aquello no quedo en el Colegio Andrés Sabella, donde estudia desde el Jardín hasta octavo año básico. En estas circunstancias, solicita se ordene a la recurrida otorgar un cupo para matrícula en el Colegio Andrés Sabella. SEGUNDO: Que Alonso Fernández Allende, abogado, Secretario Regional Ministerial de Educación, Región de Antofagasta, solicitando rechazar la acción por cuanto no existe acto arbitrario e ilegal. Expone que al pedir informe al equipo SAE, precisa que, este año, la estudiante figura con matrícula en el “Andrés Sabella", desde el 01-03-24. Por su parte, el Coordinador Regional de la Unidad de Inclusión y Admisión Escolar, indica que la alumna registra postulación y asignación exitosa en el Liceo Industrial (primero medio, nivel saturado), razón por la cual debía concurrir hasta el 13 de diciembre de 2024, de otra forma, perderá vacante. Indica que en caso de querer optar a una vacante en el “Andrés Sabella" debe utilizar "Anótate en la Lista", desde el 18 de diciembre de 2024. Sostiene que con fecha 13 de diciembre de 2024, el abogado del Servicio, se puso en contacto telefónico con el recurrente y padre de la menor, aseverando que iba a rechazar la asignación, y luego, con fecha 18 de diciembre, el recurrente señaló que efectivamente había rechazado la asignación al Liceo industrial, por quedar muy lejos de su casa y que, si no encontraba matrícula, la ingresaría a un colegio pagado. TERCERO: Que Isabel Macarena Calisto Hernández, Abogada, en representación de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, informa solicitando el rechazo del presente recurso. Indica que revisado el sistema, aparecen acciones propias de la actora que hicieron perder los cupos asignados, ya que retira a su hija del Liceo B-29 y rechaza el cupo asignado por SAE para el Liceo A-16, o sea, la misma recurrente, genera la falta de asignación de cupos. Así, corresponde únicamente que ingrese al sistema Anótate en la lista y solicitar nuevamente matrícula. Sostiene que no se puede asignar matriculas a ningún estudiante que no siga el orden del registro según el número correlativo, fecha y hora de asignación de registro al apoderado. Es precisamente lo que el sistema SAE pretende evitar: dar matriculas “saltándose" el nuevo sistema. Es decir, no hay derecho conculcado, transformándose en una mera expectativa de un resultado negativo sobre probable su próxima postulación. Alega falta de legitimación pasiva de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, desde que la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, no tiene injerencia alguna para la obtención de matrículas; sobre todo considerando que el sistema se encuentra administrado exclusivamente por el Ministerio de Educación mediante su plataforma denominada “Sistema de Admisión Escolar”. En este sentido, la Corporación es sostenedor exclusivamente de

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA SIN COSTAS, el recurso interpuesto por Ronald Fernández Saldarriaga, en favor de Melisa Fernández Barrera, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación Antofagasta y la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 2346-2024 (PROTECCIÓN) 1

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Ronald Fernández Saldarriaga, en favor de Melisa Fernández Barrera, quien deduce recurso de protección en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación Antofagasta y Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, por no otorgar matrícula para el año escolar 2025, acto ilegal y arbitrario que

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