SIN INFORMACION

RAMOS/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparece Mauricio Alberto Lagos Lizana, licenciado en derecho, interponiendo recurso de protección en favor de Dioselyn Isabel Ramos Romero, venezolana, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por don Omar Morales Márquez, por haber negado la reimpresión de la cédula nacional de identidad para extranjeros vencida de la recurrente. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que la recurrente cuenta con un certificado de residencia en trámite vigente, vulnerando con ello el derecho a la igualdad ante la ley contemplado en el artículo 19 Nro. 2 de la Constitución Política de la República. En cuanto a los antecedentes, la recurrente, portadora de la cédula de identidad para extranjeros Nro. 26.410.924-8, es residente legal en Chile y cuenta con una solicitud de residencia definitiva en trámite Nro. 25076608, la cual no ha sido resuelta a la fecha. El 20 de septiembre de 2024 extravió su billetera en el transporte público de Santiago, mientras se dirigía a su domicilio en la comuna de Lo Barnechea, circunstancia que fue denunciada ante Carabineros de Chile. El día 23 de septiembre, la recurrente concurrió a dependencias del Registro Civil para solicitar la reimpresión de su cédula de identidad para extranjeros vencida, solicitud que fue rechazada por un funcionario público, quien le indicó que dicho trámite solo podía ser realizado por residentes definitivos y no por solicitantes de visa definitiva en trámite. En el ámbito jurídico, el recurso se fundamenta principalmente en el artículo 43 de la Ley Nro. 21.325, que establece que la cédula de identidad mantiene su vigencia mientras el extranjero acredite contar con un certificado de residencia en trámite vigente o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud. Asimismo, cita jurisprudencia de la Corte Suprema, específicamente la causa rol Nro. 115.064-2022, que reconoce que la nueva Ley de Migraciones ha establecido normas protectoras para el extranjero migrante. La negativa de reimpresión de la cédula vencida, según expone el recurso, vulnera el derecho a la igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 Nro. 2 de la Constitución Política, al dejar a la recurrente en estado de indocumentación, imposibilitada de acreditar su identidad personal aun cuando posee residencia regular en trámite, situación agravada por la imposibilidad de obtener un nuevo pasaporte venezolano debido a la inexistencia de delegación diplomática.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare la ilegalidad y arbitrariedad de la omisión del recurrido, ordenándose al Servicio de Registro Civil e Identificación que proceda a formalizar la reimpresión de la cédula nacional de identidad para extranjeros vencida dentro de quinto día de ejecutoriada la sentencia, con costas. SEGUNDO: Que, del análisis del informe evacuado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, se desprenden los siguientes antecedentes relevantes para la resolución del presente recurso de protección: En primer término, conforme con la Base de Datos del Sistema de Identificación de Cédulas de Identidad, Pasaportes y Servicios Relacionados, vigente desde el 2 de septiembre de 2013, doña Dioselyn Isabel Ramos Romero, RUN Nro. 26.410.924-8, no registra actualmente solicitudes pendientes de cédula de identidad para extranjeros ante dicho Servicio. Se constata que su última cédula emitida para extranjeros data del 9 de agosto de 2018, la cual expiró el 21 de julio de 2019, encontrándose en estado "Expirado/No bloqueo". En segundo lugar, el Servicio recurrido fundamenta su negativa a reimprimir la cédula de identidad vencida en que, conforme a la normativa vigente, específicamente el artículo 43 y siguientes de la Ley Nro. 21.325 de Migración y Extranjería, y lo dispuesto en el Decreto 296 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de 2022, constituye un requisito esencial para la solicitud de una nueva cé

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: PRIMERO: Que comparece Mauricio Alberto Lagos Lizana, licenciado en derecho, interponiendo recurso de protección en favor de Dioselyn Isabel Ramos Romero, venezolana, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por don Omar Morales Márquez, por haber negado la reimpresi

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