ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que el establecimiento de un régimen comunicacional entre un padre y sus hijas, es una cuestión que se vincula principalmente con el interés superior de los niñas, atendido que el vínculo de éstos con sus progenitores forma parte de su formación personal y espiritual de aquellas, por lo que, en la medida que no existan causas que desaconsejen lo contrario, el juez que conoce de una medida proteccional, se encuentra facultado para regularlo, con independencia de las falencias formales en que incurran los letrados, las que, en caso alguno pueden impedir la materialización del...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. A los folios 46 y 47: a todo, téngase presente. Vistos: Que el establecimiento de un régimen comunicacional entre un padre y sus hijas, es una cuestión que se vincula principalmente con el interés superior de los niñas, atendido que el vínculo de éstos con sus progenitores forma parte de su formación personal y espiritual de
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