SIN INFORMACION

FIESTAS/SERVICIO NACIONAL NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA 60D

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra interpone recurso de protección en favor de Ivana Del Pilar Fiestas Barba, de nacionalidad peruana, pasaporte N°73962279-0, domiciliados para estos efectos en Martin Luther King 10064, comuna de La Granja, Región Metropolitana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre su solicitud de residencia temporal formulada el 12 de septiembre de 2023, lo que, además, transgrede los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide, en definitiva, se ordene al organismo recurrido pronunciarse respecto de la solicitud planteada. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informó indicando que la petición de residencia temporal de la recurrente fue presentada el 12 de septiembre de 2023, y que la tramitación se encuentra en la etapa de “Resolución” desde el 2 de abril último. Señala que el artículo 38 de la Ley N°21.325 establece expresamente que todos los extranjeros que ostenten un certificado de residencia en trámite vigente son libres para entrar y salir del país, sin limitaciones. En cuanto al tiempo de tramitación, refiere que el aumento exponencial de los flujos migratorios hacia el país tuvo como consecuencia un aumento importante en la cantidad de solicitudes recibidas, que significó un retraso irresistible para la autoridad, circunstancia que ha sido reconocida como una situación de caso fortuito, prevista como excepción al plazo establecido en el artículo 27 de la Ley N°19.880. Indica que la vía idónea para alegar una falta de respuesta de la administración es el silencio administrativo negativo y no la acción constitucional de protección, pues de esta forma, se vulnera la garantía de igualdad ante la ley de los de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto a favor de Ivana Del Pilar Fiestas Barba, en contra del Servicio Nacional de Migraciones solo en cuanto se dispone que dicha repartición deberá emitir el pronunciamiento correspondiente, dentro del plazo de sesenta días corridos, contado desde que la sentencia quede ejecutoriada, con los antecedentes que tenga disponibles al efecto. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°5259-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra interpone recurso de protección en favor de Ivana Del Pilar Fiestas Barba, de nacionalidad peruana, pasaporte N°73962279-0, domiciliados para estos efectos en Martin Luther King 10064, comuna de La Granja, Región Metropolitana, en contra del Servicio Nacional d

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