SIN INFORMACION

VANESSA DIAZ GONZALEZ CONTRA GENDARMERIA DE CHILE (CPF)

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Rodolfo Saldaño Chomalí recurre de amparo en favor de Vanessa Díaz González, interna del CPF Mayor Marisol Estay (CPF San Miguel), en contra de Gendarmería de Chile, con motivo de actos de hostigamiento en su contra por parte de una oficial de la Unidad carcelaria, quien, por

Fundamentos

motivos que desconoce, la trasladó desde su lugar habitual de reclusión a la Torre 3 del módulo, la que es conocida por sus condiciones inadecuadas de habitabilidad, encontrándose pernoctando hace tres noches sin colchón, comida y abrigo, lo que afecta sus derechos fundamentales. Pide acoger la presente acción de amparo, ordenando el retorno inmediato de la interna a su lugar de pernoctación habitual, disponiendo las medidas necesarias para prevenir nuevos actos de hostigamiento en su contra y remitir los antecedentes al Ministerio Público para la investigación de posibles delitos asociados al hecho denunciado. Segundo: Que informó Marcelo Carrasco Sepúlveda, abogado, en representación de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, quien expone la improcedencia de la acción de amparo toda vez que el objetivo del recurso es modificar una decisión interna y privativa de Gendarmería de Chile, concerniente a la reubicación de las internas de acuerdo a los diversos criterios de segmentación para ello y que, en este caso en particular, corresponde al traslado de la interna desde la Torre 5 a la Torre 3 por motivos de seguridad, toda vez que la recurrente y otras internas agredieron y amenazaron a otra interna, lo que motivó una denuncia formal al Ministerio Público y la reubicación de las denunciadas. Agrega que si la recurrente pretende discutir las condiciones de encierro o su lugar de reclusión, debe dirigirse al Juzgado de Garantía competente de acuerdo al territorio jurisdiccional, en virtud de lo dispuesto en el literal f) del artículo 14 del Código Orgánico de Tribunales que señala textualmente que corresponderá a los Jueces de Garantía “Hacer ejecutar las condenas criminales y las medidas de seguridad, y resolver las solicitudes y reclamos relativos a dicha ejecución” y, bajo dicha lógica, no existe competencia por la vía del amparo constitucional para discutir las condiciones de encierro o solicitar un traslado o permanencia en un módulo respecto de otro, situación que diariamente se discute en los juzgados de base en materia penal en virtud de la competencia fijada por el artículo citado, por lo que solicita el rechazo del presente recurso. Tercero: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega su inciso tercero que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Cuarto: Que de los antecedentes se desprende que el hecho denunciad

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San Miguel, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Rodolfo Saldaño Chomalí recurre de amparo en favor de Vanessa Díaz González, interna del CPF Mayor Marisol Estay (CPF San Miguel), en contra de Gendarmería de Chile, con motivo de actos de hostigamiento en su contra por parte de una oficial de la Unidad carcelaria, quien, por motivos que

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