INT. EN FAVOR DE CLAUDIO CORTES CORTES/MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Fabián Peñailillo Pérez, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de don Claudio Orlando Cortés Cortés, en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por mantener de forma arbitraria e ilegal privado de libertad al amparado en el Complejo Penitenciario de La Serena. Expone que su representado se encuentra cumpliendo una pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de homicidio simple, cuyo inicio de cumplimiento se verificó el 23 de noviembre de 2018, previéndose el término para el 23 de noviembre de 2025. Refiere que durante el cumplimiento de su castigo, ha mantenido una conducta intachable y ha participado activamente en su proceso de reinserción social, cursando talleres psicosociales y laborales, sin mantener castigos a la fecha. Explica que conforme lo dispuesto en la Ley N°19.856, desde el año 2021 ha acumulado meses de rebaja de condena, en cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 de la referida ley, reconociéndole la Comisión de Reducción de Condena este año nuevamente 3 meses más de disminución, lo que suma un total de 11 meses, de manera tal que con los ya reconocidos, el amparado cumplió su castigo el día 23 de diciembre pasado, sin que haya salido en libertad del recinto penitenciario. Acota que la Secretaría Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región de Coquimbo reconoció el beneficio al amparado, determinando que cumple con todos los presupuestos establecidos en la Ley N°19.856, remitiendo los antecedentes al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la emisión del decreto exento que lo reconoce y posterior notificación al recinto penal en el que se encuentra recluido. Sin embargo, esta última institución informó que tal documento se encontraba en revisión y “quizás” se emitía en la semana del 30 de diciembre, actuar que es totalmente arbitrario e ilegal, primero, por cuanto la falta de funcionarios o su desidia no justifica que el organismo encargado de emitir el acto no lo haga en tiempo y forma; y, segundo, en tanto la notificación debe llevarse a cabo el mismo día en que deba tenerse por cumplida la condena conforme al artículo 4º de la Ley Nº19.856, lo que como se expresó se verificó el 23 de diciembre del año en curso. Finaliza solicitando se acoja el recurso de amparo ordenando al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que envíe al Centro Penitenciario La Serena el decreto exento que concede el beneficio de reducción de condena al amparado, disponiendo su libertad inmediata, con costas. Acompaña a su recurso: 1. Acta Comisión de Rebaja de Condena de La Serena, número 2/2024, de 14 de noviembre del 2024; y 2. Detalle de Postulaciones a la Ley N°19.856, emitido por Gendarmería de Chile. SEGUNDO: Que, a folio 4, evacuó informe don Ernesto Muñoz Lamartine, Subsecretario de Justicia, señalando, en primer término, antecedentes de derecho respecto del beneficio de reducción
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Int. en favor de Claudio Cortés Cortés Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Recurso de amparo Rol N°523-2024 La Serena, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Fabián Peñailillo Pérez, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de don Claudio Orlando Cortés Cortés, en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Hum
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