JUZGADO DE LETRAS DE CASTRO

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE LOS LAGOS/INFANTE

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2024

Materia

PESCA Y ACUICULTURA,INFRACCIONES A LA LEY DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos:  Se reproduce la sentencia en alzada y considerando, además: 1°) Que se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación presentado por el demandado don Luis Alberto Infante Miranda en contra de la sentencia definitiva que acogió la denuncia del Servicio Nacional de Pesca en donde se sancionó con una multa la infracción consistente en la Captura de especies hidrobiológicas en contravención a lo dispuesto en las letras c) y d) del artículo 3º y en la letra c) del artículo 48. 2°) Que el principal y único argumento desarrollado en el recurso de apelación es que habría existido una infracción al debido proceso por no haber contado con asistencia letrada el denunciado durante el desarrollo del juicio. 3°) Que, a este respecto, era una obligación del demandado el contratar los servicios de un abogado de su confianza o de acudir a la Corporación de Asistencia Judicial respectiva, para efectos de ser representado gratuitamente, acreditando que cumplía con los requisitos para acceder a dicho beneficio, no existiendo obligación legal alguna del Juez de la instancia en orden a facilitar dicha situación. Sobre todo, en el contexto de un juicio civil en que rige el principio dispositivo. 4°) Además, debe considerarse que el artículo 4° del Código de Procedimiento Civil establece que toda persona que deba comparecer en juicio a su propio nombre o como representante legal de otra, deberá hacerlo en la forma que determine la ley, lo cual debe relacionarse con el artículo 2 de la Ley 18.120 que establece la obligación de comparecencia representado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión. Por tanto, en bases a estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia en alzada del diecisiete de octubre de dos mil veintitrés que rola a folio 16 de la carpeta electrónica. Regístrese y devuélvase. Rol Civil 1327-2023

Fallo

Por tanto, en bases a estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia en alzada del diecisiete de octubre de dos mil veintitrés que rola a folio 16 de la carpeta electrónica. Regístrese y devuélvase. Rol Civil 1327-2023

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos:  Se reproduce la sentencia en alzada y considerando, además: 1°) Que se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación presentado por el demandado don Luis Alberto Infante Miranda en contra de la sentencia definitiva que acogió la denuncia del Servicio Nacional de Pesca en donde se sancionó con una multa la infracción co

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