FOLLERT/SERVICIOS AGRICOLAS LOS LAGOS SPA (VISTA CONJUNTA CON ROLES 787-24 Y 1052-24 CIVILES)
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO, PREDIOS RÚSTICOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y CONSIDERANDO, PRIMERO: Que don David Igal Korol Engel, abogado, por la parte demandada, interpone recurso de apelación en contra en contra de la resolución de 02 de julio de 2024, la que, en lo pertinente, al proveer el contenido de la presentación de folio 4, negó lugar al derecho de retención reclamado en la etapa de cumplimiento del fallo. Explica que el término del arrendamiento por no pago de rentas de conformidad al D.L 993, no impide la aplicación de las normas que autorizan el cobro de expensas o mejoras realizadas en un inmueble, y hacer aplicable el denominado derecho legal de retención. Asevera que existe norma expresa en dicho decreto ley, que en su artículo 4°, autoriza su ejercicio; estima que la negativa a acceder a la tramitación incidental del pago de las mejoras necesarias, y a ejercer el derecho legal de retención, infringe la garantía del artículo 19 N°3 de la Constitución Política, en su dimensión del derecho a la acción; al debido proceso; a un racional y justo procedimiento; y al derecho a la libre producción de pruebas. SEGUNDO: Que se ha interpuesto este incidente en la etapa se cumplimiento de la sentencia, solicitando que se confiera traslado a la parte demandante de su petición incidental del pago de mejoras; que se conceda el derecho legal de retención en los términos solicitados en el segundo otrosí de la presentación de folio 4; que se tengan presente los medios de prueba señalados en el tercer otrosí de la presentación de folio 4; que se acceda a la petición de suspensión de procedimiento, solicitada en el cuarto otrosí del escrito de folio 4; que se acceda a lo solicitado en el quinto otrosí de la presentación de folio 4, en términos que, y por aplicación de lo previsto en el inciso 1° del artículo 1937 del Código Civil, y en el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil, la demandada, no sea expedida o privada de la cosa arrendada, sin que previamente se le pague o asegure el importe de lo demandado en lo principal,
Texto Completo (Preview)
C.A de Valdivia Valdivia, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO, PRIMERO: Que don David Igal Korol Engel, abogado, por la parte demandada, interpone recurso de apelación en contra en contra de la resolución de 02 de julio de 2024, la que, en lo pertinente, al proveer el contenido de la presentación de folio 4, negó lugar al derecho de retención reclamado en la etapa
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