SIN INFORMACION

/CONTRA LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ARICA

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, en causa RIT 8924-2024, RUC 2401534511-6, seguida ante el Juzgado de Garantía de esta ciudad, la Defensora Penal Pública doña Maria Jose Ruiz Toro se alzó en apelación en contra de la resolución dictada por el juez don Juan Gustavo Araya Contreras, en audiencia de control de la detención de doce de diciembre en curso, quien decretó en contra de la amparada de autos la medida cautelar de prisión preventiva. Segundo: Que, la Defensora Penal Pública, doña Marlén Morales Sánchez, actuando en representación de la imputada María Paz Aliaga Morales, deduce recurso de amparo en contra de la resolución dictada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por la Ministra señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, el fiscal judicial (s) señor Claudio Rojas Yáñez y la abogada integrante señor Claudia Moraga Contreras, quienes conociendo del recurso de apelación, Rol N° 1066-2024 Penal, resolvieron confirmar la referida resolución. Tercero: Que, el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, reza: “El conocimiento de todos los asuntos entregados a la competencia de las Cortes de Apelaciones pertenecerá a las salas en que estén divididas, a menos que la ley disponga expresamente que deban conocer de ellos en pleno. Cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce.”. Cuarto: Que, atento a lo ordenado en la norma trascrita precedentemente, esta Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica, está impedida de revisar la decisión adoptada por otra Sala del mismo tribunal de alzada, a través de una acción de amparo, toda vez que, de conformidad a lo que señala el inciso segundo del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce. Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por la letrada Morales Sánchez. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-512-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por la letrada Morales Sánchez. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-512-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Arica Arica, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. Pronunciándose sobre la admisibilidad de la presente acción constitucional. Visto y teniendo presente: Primero: Que, en causa RIT 8924-2024, RUC 2401534511-6, seguida ante el Juzgado de Garantía de esta ciudad, la Defensora Penal Pública doña Maria Jose Ruiz Toro se alzó en apelación en contra de la resolución dictada por el juez

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