FERRER DUCAUD PATRICIO GERARDO/MINISTRA EN VISITA EXTRAORDINARIA EN VISITA EXTRAORDINARIA DOÑA PAOLA PLAZA GONZÁLEZ
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Sergio Contreras Paredes, abogado, en representación de don Patricio Gerardo Ferrer Ducaud, e interpone recurso de amparo en contra de la resolución de fecha 10 de diciembre de 2024, dictada por la Ministra en Visita Extraordinaria doña Paola Plaza González, en causa Rol N°2182-98 “Episodio Caravana Antofagasta”, en virtud de la cual rechazó la solicitud de entrega bajo fianza de custodia y tratamiento al amparado a su familia, basado en sus condiciones actuales de salud, infringiendo su libertad personal y seguridad individual garantizada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Indica que mediante sentencia de fecha 15 de diciembre de 2015, la Excma. Corte Suprema confirmó la condena impuesta en contra del amparado a la pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo, y las accesorias legales correspondientes, como autor del delito de homicidio calificado, cuyo cumplimiento se sigue ante la Ministra en Visita Extraordinaria doña Paola Plaza González. Señala que desde dicha fecha el Sr. Ferrer se encuentra cumpliendo la condena, quien tiene 90 años de edad y ha completado más de la mitad de la pena, esto es, 9 años de reclusión. Detalla que durante el período de reclusión, la salud del Sr. Ferrer ha decaído considerablemente, aquejándole una serie de patologías, entre las que enumera: hipertensión arterial; hipertrofia ventricular a causa de su hipertensión arterial; temblor de reposo de mano derecha, Obs Hemiparkinson derecho; hernia hiatal; úlcera de Cameron; severa enfermedad diverticular del sigmoide con antecedente de hemorragia digestiva baja; reflujo gastroesofágico; artrosis en ambas rodillas; hipertrofia prostática; y hernias inguinales bilaterales. Expone que, adicionalmente, el Sr. Ferrer presenta desde el año 2019 un "deterioro progresivo de funciones cognitivas", según consta en Informe Biométrico Funcional de 1 de abril de 2019, suscrito por el Dr. Sergio
Fundamentos
fundamentos por los cuales adoptó la decisión de rechazó de la solicitud de la defensa de 16 de noviembre de 2023. Refiere que el 19 de octubre de 2022 fue rechazada solicitud de similar naturaleza, en cuanto a la mutación de la ejecución de la pena, al no justificar un estado de enajenación mental incompatible con el cumplimiento. Que para adoptar la decisión correspondiente la ministra en visita de mantener la custodia en Gendarmería de Chile del condenado, decretó informe pericial psiquiátrico elaborado por el Servicio Médico Legal, acompañado a fojas 5395 y siguientes, que da cuenta de la observación de deterioro cognoscitivo leve del amparado, no habiéndose producido cambios mentales severos que comprometan la funcionalidad de las etapas del ciclo vital, no manifestaciones de trastorno o enfermedad mental que interfiera su capacidad de discernimiento y autodeterminación. Conforme a lo anterior, permite descartar cualquier ilegalidad en la resolución, no advirtiéndose un atentado ni a la libertad ni a la seguridad individual del amparado. SEPTIMO: Por lo demás, el objeto del ejercicio de la acción constitucional puede ser también formulado por la vía ordinaria correspondiente, lo que salvaguarda la posibilidad del recurrente de requerir el traslado a un recinto hospitalario en la sede respectiva, cada vez que su situación lo amerite.
Fallo
Por estas razones y de conformidad a lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción constitucional de amparo en favor de Patricio Gerardo Ferrer Ducaud en contra de resolución de fecha 10 de diciembre de 2024, dictada por la Ministra en Visita Extraordinaria doña Paola Plaza González. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-3844-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y la Abogada Integrante señora Claudia Candiani Vidal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos folios 11, 12, 13 y 14: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Sergio Contreras Paredes, abogado, en representación de don Patricio Gerardo Ferrer Ducaud, e interpone recurso de amparo en contra de la resolución de fecha 10 de diciembre de 2024, dictada po
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