SIN INFORMACION

ROJAS/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Hamilton González Rojas, abogado y Defensor Público Penitenciario, quien deduce recurso de amparo en favor del condenado don Aldo Freddy Rojas Ávalos, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado mediante resolución N°331-2024 de 10 de octubre de 2024. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de cuatro años por el delito de posesión, tenencia o porte de armas sujetas a control, conforme al artículo 9, inciso primero, de la Ley 17.798. Inició el cumplimiento de su condena el 3 de abril de 2023 y que tiene como fecha de término el 25 de julio de 2026 y registra una conducta calificada como “muy buena” en los últimos siete bimestres. Que, sin embargo, la comisión recurrida, rechazó la postulación del interno tomando en consideración que presenta un riesgo de reincidencia alto, no presenta conciencia de la gravedad del delito, del mal causado y no manifiesta un rechazo explícito a los delitos cometidos. Afirma que la comisión no tuvo en cuenta los avances que el amparado presenta y que constan en un informe social que se acompaña conjuntamente al recurso. Explica que, durante su tiempo en reclusión, el amparado ha participado en diversas actividades, como el Taller Bajo Umbral, el Taller Deportivo y el Taller de Control Emocional. Además, destaca su desempeño laboral desde julio de 2024 en la empresa Constructora Ecomac S.A. como jornal, así como el haber cursado educación media en modalidad técnico-profesional en 1996. Refiere también que el informe psicosocial elaborado por la asistente social de la Defensoría Penitenciaria, doña Claudia Galarce Zepeda, concluye que el interno reconoce su autoría en los hechos, acepta su responsabilidad en el delito cometido y manifiesta estar consciente del daño causado a las víctimas. Sostiene que la Comisión de Libertad Condicional actuó de manera ilegal y arbitraria

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de don Aldo Freddy Rojas Ávalos, en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente al segundo semestre del año en curso. Se previene que la Ministra (S) Sra. Cárdenas, concurre al acuerdo teniendo presente que la situación del amparado se encuentra determinada en virtud del pronunciamiento emanado de un órgano competente, establecido en la ley y actuando dentro de la esfera de sus atribuciones. En tal sentido, no se vislumbra que la Comisión de Libertad Condicional haya actuado de forma arbitraria o ilegal, pues ha resuelto denegar la concesión del beneficio de libertad condicional al amparado en base a sus facultades legales y debido a los antecedentes tenidos a la vista en su oportunidad, dando con ello cumplimiento a lo previsto en el Decreto Ley N°321, en especial a los artículos 2 N°3 y 5. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°515-2024 Amparo.-

Fallo

por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de don Aldo Freddy Rojas Ávalos, en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente al segundo semestre del año en curso. Se previene que la Ministra (S) Sra. Cárdenas, concurre al acuerdo teniendo presente que la situación del amparado se encuentra determinada en virtud del pronunciamiento emanado de un órgano competente, establecido en la ley y actuando dentro de la esfera de sus atribuciones. En tal sentido, no se vislumbra que la Comisión de Libertad Condicional haya actuado de forma arbitraria o ilegal, pues ha resuelto denegar la concesión del beneficio de libertad condicional al amparado en base a sus facultades legales y debido a los antecedentes tenidos a la vista en su oportunidad, dando con ello cumplimiento a lo previsto en el Decreto Ley N°321, en especial a los artículos 2 N°3 y 5. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°515-2024 Amparo.-

Texto Completo (Preview)

Rojas Ávalos, Aldo Freddy Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°515-2024.- La Serena, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Hamilton González Rojas, abogado y Defensor Público Penitenciario, quien deduce recurso de amparo en favor del condenado don Aldo Freddy Rojas Ávalos, en contra de la Comisión de Libertad Co

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