JUZGADO DE GARANTIA DE CASTRO

MP. C/ NN

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

PAGAR REMUNERACIÓN INFERIOR AL IMM. ART. 472 BIS C.P.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la Defensoría Penal Pública en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Castro, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Ana Marcela Aguilar Valsasnini. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye a la imputada, en razón que las sustancias estupefacientes, municiones fueron hallados en su domicilio y las comunicaciones existentes entre los coimputados. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo presente la naturaleza y número de los delitos por los cuales se ha formalizado la investigación, esto es, asociación ilícita, tráfico de estupefacientes, posesión o tenencia de municiones, así como las circunstancias de su comisión, la gravedad de la pena asignada a los delitos y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, se concluye que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. 4°) Que, el nuevo antecedente de la defensa consiste en el informe social, el cual se estima que no es suficiente para modificar lo concluido, no desvirtuando ni el presupuesto material ni la necesidad de cautela.  Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución del diecinueve de diciembre del año en curso, pronunciada por la jueza del Juzgado de Garantía de Castro, doña Jesica Andrea Yáñez Sanhueza, que mantuvo la prisión preventiva respecto de la imputada Ana Marcela Aguilar Valsasnini. Devué

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución del diecinueve de diciembre del año en curso, pronunciada por la jueza del Juzgado de Garantía de Castro, doña Jesica Andrea Yáñez Sanhueza, que mantuvo la prisión preventiva respecto de la imputada Ana Marcela Aguilar Valsasnini. Devuélvase. Rol Penal Nº1663-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la Defensoría Penal Pública en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Castro, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Ana Marcela Aguilar Valsasnini. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo

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