SIN INFORMACION

ANDRADES PINTO ALEJANDRA DEL CARMEN / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece mediante formulario manuscrito Alejandra Andrades Pinto, interponiendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (en adelante, Suseso) y de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (en adelante, Compin), por el rechazo de las licencias médicas Nros. 13364105-K, 13556837-6, 13748184-7, 13957391-9, 14176352-0, 85078377-2, 85953328-0, 86831924-0, 88660184-0, extendidas por su médico tratante a partir del 2 de enero de 2023 por un diagnóstico de trastorno depresivo, trastorno de adaptación por quiebre matrimonial y crisis de pánico asociado a violencia intrafamiliar psicológica. Lo anterior, debido a que las recurridas estimaron que el reposo prescrito en ellas no se encontraba debidamente justificado, actuación que la recurrente considera ilegal y arbitraria, vulnerando los derechos fundamentales a la vida e integridad física y psíquica de las personas, habiendo solicitado que se declare la ilegalidad del acto y se ordene el pago de las licencias médicas rechazadas. De los antecedentes aportados se desprende que la recurrente ha estado en controles de salud mental por más de 6 años en consultorio, siendo evaluada por diversos psiquiatras. Sus diagnósticos principales son trastorno depresivo, trastorno de adaptación por quiebre matrimonial y crisis de pánico asociado a violencia intrafamiliar psicológica, junto con antecedentes de trastorno de personalidad. Asimismo, presenta comorbilidades como diabetes mellitus, hipertensión arterial y dislipidemia. Según consta del informe médico acompañado, la paciente ingresó en junio de 2023 derivada desde Atención Primaria de Salud. Sus antecedentes de salud mental se remontan a 5 años atrás, cuando comenzó con crisis de pánico asociadas a violencia intrafamiliar de tipo psicológica. Inició tratamiento en CESFAM con alprazolam, sertralina y quetiapina, presentando buena respuesta. Hace aproximadamente 2 años sufrió un asalto en su trabajo, donde fue amenazada con un arma, desarrollando sintomatología traumática que requirió tratamiento farmacológico prolongado durante todo el 2022. Que la situación de la recurrente se vio agravada hace 2 meses, cuando su cónyuge abandonó el hogar para irse a vivir con una vecina, lo que desencadenó un cuadro caracterizado por tristeza vital, anergía, insomnio de mantención, anhedonia e irritabilidad, con múltiples conflictos domésticos y violencia intrafamiliar psicológica. En los controles médicos refiere mantener desgano y tristeza, principalmente por el abandono de su marido, presentando angustia reactiva, ataques de pánico y alteraciones del sueño. Que, no obstante su condición, la recurrente ha manifestado deseos de superación, encontrándose trabajando en una feria los fines de semana, estudiando gastronomía y con planes de emprender un negocio de panadería. Sin embargo, señala que el problema económico derivado del no pago de las licencias médicas constituye un impedimento para desarrollar su

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare la ilegalidad y arbitrariedad del acto recurrido, ordenándose a las recurridas el pago de las licencias médicas rechazadas. Segundo: Que del análisis del informe evacuado por el Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana (COMPIN R.M.), se desprenden los siguientes antecedentes: En primer término, la recurrida expone que doña Alejandra del Carmen Andrades Pinto interpuso recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, organismo que confirmó el rechazo por parte de la COMPIN R.M. de las licencias médicas Nro. 13364105-K, 13556837-6, 13748184-7, 13957391-9, 14176352-0, 85078377-2, 85953328-0, 86831924-0 y 88660184-0, extendidas por un total de 198 días a contar del 2 de enero de 2023, por reposo no justificado. En lo que respecta a la licencia médica Nro. 13364105-K, la recurrente presentó recurso de reposición ante su rechazo, estableciéndose que se trata de una mujer de 57 años, con reposo laboral desde el 27 de diciembre de 2021 por diagnóstico relacionado con patologías psiquiátricas y depresión, indicado por médicos generales de atención primaria de salud. El informe médico fue considerado muy general e insuficiente para justificar la prolongación del reposo más allá de los 371 días ya autorizados, careciendo de derivación a COSAM, sin escala de funcionalidad (GAF

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que comparece mediante formulario manuscrito Alejandra Andrades Pinto, interponiendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (en adelante, Suseso) y de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (en adelante, Compin), por el rechazo de las licencias m

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