1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

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Rol

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

OTROS TÍTULOS EJECUTIVOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo previsto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se confirma la resolución apelada de treinta de abril de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT N° J-3-2024, RUC N° 2430122808-9, por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Nancy Aurora Bluck Bahamondes, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada y disponer que se dé curso a la demanda ejecutiva, teniendo para ello presente que las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, solo son aplicables de manera subsidiaria y excepcional, en la medida que no contradiga los principios que informan el procedimiento laboral. Que, en este orden de cosas, cabe hacer presente, a entender de quien disiente, que uno de los pilares del proceso laboral es el principio de primacía de la realidad por sobre aquello que se desprende de los documentos de cualquier naturaleza, suscritos por el trabajador, Que, en directa relación con lo señalado resulta de común ocurrencia la suscripción de finiquitos con cláusulas liberadoras de responsabilidad para el empleador, pese a la existencia de obligaciones pendientes. Que así las cosas, y en el caso planteado, la subsistencia de obligaciones laborales debiera ser materia del respectivo juicio ejecutivo, evitando así que el trabajador deba recurrir a un procedimiento declarativo que en el actual estado de congestión de los tribunales laborales, implicaría una abierta transgresión al principio de celeridad. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Laboral Cobranza- 348-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo previsto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se confirma la resolución apelada de treinta de abril de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT N° J-3-2024, RUC N° 2430122808-9, por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio. Acordada con el voto en con

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