MINISTERIO PUBLICO C/ JEYSON RAUL LABBE QUINZACARA
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°.- Que, conforme a las alegaciones de los intervinientes no se han cuestionado los presupuestos materiales, los cuales de todos modos aparecen refrendados con los elementos de la investigación, que dan cuenta, bajo el estándar exigible en esta etapa, de la existencia de los hechos formalizados y la participación de Javiera Alejandra Salinas Jerez en calidad de autora. 2°.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, no se aprecia que hayan variado las circunstancias que llevaron a imponer la prisión preventiva, estimándose que la declaración e informe social que se hacen valer, no resultan ser de la entidad suficiente para modificar la peligrosidad ya asentada, atendida la pena asignada en la ley y la cantidad y diversidad de droga incautada, lo que hace indispensable dicha medida cautelar. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del código procesal penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de diecinueve de diciembre del año en curso que mantuvo la prisión preventiva de la imputada Javiera Alejandra Salinas Jerez. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N°Penal-1098-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del código procesal penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de diecinueve de diciembre del año en curso que mantuvo la prisión preventiva de la imputada Javiera Alejandra Salinas Jerez. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N°Penal-1098-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Cip/alf Chillán, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Que, conforme a las alegaciones de los intervinientes no se han cuestionado los presupuestos materiales, los cuales de todos modos aparecen refrendados con los elementos de la investigación, que dan cuenta, bajo el estándar exigible en esta etapa, de la existencia de los hechos formalizados y la partic
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