MP. / MATÍAS ANDRÉS CASTILLO JEREZ, FRANCO LEONARDO VALDOVINOS LARA Y CARLOS ANDRÉS CASTRO RETAMALES.
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que de lo expuesto en la audiencia aparece que en este estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación, estimando esta Corte que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, teniendo en consideración la gravedad de la pena asignada al ilícito, carácter del mismo, bienes jurídicos protegidos y forma de comisión, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de diecinueve de diciembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la medida cautelar de la prisión preventiva de los imputados Matías Andrés Castillo Jerez, Franco Leonardo Valdovinos Lara y Carlos Andrés Castro Retamales. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 4416-2024-Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Cuarta Sala Rol Corte: 4416-2024 RUC: 2401568637-1 RIT: 3877-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA Ministro de fe: Patricia Ampuero Pulgar Ministerio Público: Nicolás Rodríguez Videla Defensa: Pedro Narvaez Candias Imputado: Matías Andrés Castillo Jerez, Franco Leonardo Valdovinos Lara y Carlos Andrés Castro Retamales Tipo de Recurso:
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