SCHNETTLER/CID
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Fallo
Por tanto, en mérito de lo expuesto, y de conformidad a lo señalado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, sin costas, la resolución de fecha quince de noviembre de dos mil veintitrés, pronunciada por el Juzgado de Letras y Garantía de los Muermos, RIT C-159-2023, que rechazó las excepciones dilatorias opuestas por la parte demandada. En consecuencia, se acoge únicamente la excepción dilatoria contemplada en el artículo 303 N°6 del Código de Procedimiento Civil de corrección del procedimiento, debiendo el tribunal a quo dictar las resoluciones que en derecho correspondan. Redacción a cargo del Abogado Integrante don Darío Parra Sepúlveda. No firma el Fiscal Judicial (S) Sr. Rodolfo Maldonado Mansilla, quien concurrió a la vista y acuerdo, por haber cesado en su cometido funcionario. Devuélvase. Rol Civil N°1343-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos. El mérito de los antecedentes y teniendo presente, además, que el artículo 1906 del Código Civil establece que "la cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas, pero no modifica la naturaleza del crédito cedido". Este precepto no solo enfatiza que, aunque la titularidad del acreedor cambie, el objeto y
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