1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ARANEDA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LAS CONDES

Rol

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia dictada el veinte de noviembre de dos mil veintitrés, en causa RIT O-3614-2023, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió acoger la demanda, declarando la existencia de una relación laboral entre las partes, además, declaró injustificado el despido y condenó a la demandada al pago de las indemnizaciones y prestaciones laborales que se indican, así como la nulidad del despido. Contra dicho fallo recurrió de nulidad la parte demandada por la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, con relación al artículo 459 N° 4 del mismo texto legal. Si bien, el recurrente dedujo en subsidio la causal del artículo 478 letra c) del citado Código, al inicio de su alegato se desistió expresamente de la misma. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia del 21 de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la parte demandada invoca la causal del artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 N°4 del Código del Trabajo, argumentando que la sentencia omite el análisis íntegro de la prueba rendida. Sostiene que el

Fallo

fallo recurrió de nulidad la parte demandada por la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, con relación al artículo 459 N° 4 del mismo texto legal. Si bien, el recurrente dedujo en subsidio la causal del artículo 478 letra c) del citado Código, al inicio de su alegato se desistió expresamente de la misma. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia del 21 de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que la parte demandada invoca la causal del artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 N°4 del Código del Trabajo, argumentando que la sentencia omite el análisis íntegro de la prueba rendida. Sostiene que el fallo se limita a resumir algunos medios probatorios sin realizar un verdadero análisis valorativo, especialmente respecto a los contratos a honorarios y sus cláusulas específicas. Agrega que no se consideran elementos cruciales como que cada contrato establecía expresamente la ausencia de subordinación y dependencia, la naturaleza temporal de los programas comunitarios, y que la supervisión municipal respondía a necesidades administrativas y no implicaba una relación laboral. Por otra parte, alega que el fallo omite analizar el Dictamen N° 27757/2016 de la Contraloría General de la República, que establece que la reiteración de contratos a honorarios en programas comunitarios no transforma los servicios en habituales. Refiere que esta omisión en el análi

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia dictada el veinte de noviembre de dos mil veintitrés, en causa RIT O-3614-2023, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió acoger la demanda, declarando la existencia de una relación laboral entre las partes, además, declaró injustificado el despido y condenó a la

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