SILVA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL 2DO SEMESTRE 2024
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que comparece el abogado Defensor Penal Público Penitenciario, Carlos Medina Zamora, por el condenado HUGO DAVID SILVA ROJAS, actualmente cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de La Serena, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de La Serena, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la resolución Nº559-2024, de 11 de octubre de 2024, que negó el beneficio de la libertad condicional a su representado, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo una pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por un delito de tráfico de arma de fuego, y una sanción de 541 días de presidio menor en su grado medio, por un delito de tenencia ilegal de municiones, en virtud de sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena. Señala que, de acuerdo con la información entregada por Gendarmería, el tiempo mínimo para optar al beneficio denegado se cumplió el 06 de octubre de 2023, habiendo observado una muy buena conducta durante los últimos siete bimestres, y proyectándose el cumplimiento de la condena para el 31 de diciembre de 2026. Sin embargo, señala que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, por estimar que el amparado no cumplía los requisitos que permitieran demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad. No obstante, cuestiona que la recurrida no consideró en su resolución los avances del sentenciado en su proceso de reinserción social y de los que da cuenta el propio informe. Al respecto, señala que el amparado mantiene un riesgo de reincidencia medio y que, además, presenta conciencia del delito, del mal causado y rechazo explícito a la comisión de futuros delitos. Sin embargo, cuestiona que, según Gendarmería, lo anterior estaría en etapa de exploración y que tampoco concurriría un rechazo a la comisión de futuros delitos, pese a indicar luego que el interno “expone que no volverá a delinquir”, interpretando las contradicciones del informe en perjuicio del amparado. Asimismo, señala que el interno registra participación en escuela, en actividades de capacitación, en actividad laboral remunerada y en taller de identidad delictual. Además, cuestiona que el informe de Gendarmería sugiera que el amparado continúe cumpliendo su condena en el sistema cerrado, pese a que se estima la presencia de avances significativos en el desarrollo relativo a la conciencia de la gravedad del delito y que ha mostrado “buena adherencia al proceso de intervención”. En cuanto al derecho, afirma que el acto impugnado es ilegal, ya que infringe lo dispuesto en el Decreto Ley N°321 sobre Libertad Condicional y el Decreto Supremo N°338/2019 de septiembre de 2020, que aprueba
Fallo
por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en beneficio de Hugo David Silva Rojas, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°519-2024 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Silva Rojas, Hugo David Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº519-2024.- La Serena, veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: PRIMERO: Que comparece el abogado Defensor Penal Público Penitenciario, Carlos Medina Zamora, por el condenado HUGO DAVID SILVA ROJAS, actualmente cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de La Serena, e interpone acci
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