SEPÚLVEDA/FUNDACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO NOTRE DAME
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2024
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia de fecha dos de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-5764-2022, se rechazó, con costas, la demanda de despido improcedente e indemnización. Contra este fallo la parte demandante ha deducido recurso de nulidad, fundado la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día trece de diciembre de este último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: La parte demandante funda su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, toda vez que la sentencia fue pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme las reglas de la sana crítica, especialmente la lógica jurídica, fundado en que el juzgador no ha establecido una relación coherente entre la prueba presentada en juicio y la conclusión arribada luego de valorar la prueba. Asimismo, indica que el tribunal ha omitido considerar la multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión de las pruebas o antecedentes del proceso. Destaca que su parte ha realizado un esfuerzo probatorio completo y coherente para demostrar que las actuaciones realizadas por su representada se encontraban plenamente autorizadas, eran conocidas por las autoridades del colegio y por el presidente de la Fundación, el padre Moro. En ese sentido, hace mención a la documental aportada, tales como el detalle transferencias, compras y pagos 2021-2022, la carta remitida por el ex Director de Personal y Finanzas Colegio Notre Dame, el señor Magallanes y la declaración como testigo del propio jefe directo de la actora, este último en su calidad de ex Jefe Administrador de Finanzas. Añade que la situación financiera del colegio era precaria, lo reconocen tanto los testigos de la contraria, como el propio Sr. Magallanes, incluso la testigo Paula Banda Garay que es la contralora del Arzobispado reconoce un déficit de caja en abril de 2022,
Fallo
fallo la parte demandante ha deducido recurso de nulidad, fundado la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día trece de diciembre de este último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: La parte demandante funda su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, toda vez que la sentencia fue pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme las reglas de la sana crítica, especialmente la lógica jurídica, fundado en que el juzgador no ha establecido una relación coherente entre la prueba presentada en juicio y la conclusión arribada luego de valorar la prueba. Asimismo, indica que el tribunal ha omitido considerar la multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión de las pruebas o antecedentes del proceso. Destaca que su parte ha realizado un esfuerzo probatorio completo y coherente para demostrar que las actuaciones realizadas por su representada se encontraban plenamente autorizadas, eran conocidas por las autoridades del colegio y por el presidente de la Fundación, el padre Moro. En ese sentido, hace mención a la documental aportada, tales como el detalle transferencias, compras y pagos 2021
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Por sentencia de fecha dos de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-5764-2022, se rechazó, con costas, la demanda de despido improcedente e indemnización. Contra este fallo la parte demandante ha deducido recurso de nulidad, fundado la causa
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