MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS XIV REGIÓN/CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA (C9613-23) (LTE)
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que comparece Juan Manuel Sánchez Medioli, en representación de la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, interponiendo reclamo de ilegalidad en contra del Consejo para la Transparencia, por haber dictado la decisión amparo rol C3567-24, de 11 de julio de 2024, que acogió el amparo por denegación de acceso a la información deducido por Consuelo Díaz Roa, ordenando entregar copias de comunicaciones entre Maxi Mobility Chile II SpA y el Ministerio de Obras Públicas relacionadas con servicios licitados en el marco de la concesión de obra pública fiscal relativa al Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, actuación que considera ilegal por afectar el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, por lo que solicita que se declare la ilegalidad y se determine que la Dirección General de Concesiones actuó conforme a derecho al negar el acceso a la información. Que el reclamo se fundamenta en tres argumentos principales: Primero, que la solicitud de información se enmarca en el contexto de dos litigios pendientes: uno, ante el 25° Juzgado Civil de Santiago (rol C-343-2024), y otro, ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (rol C-466-2022), donde la solicitante actúa como abogada patrocinante en el primer juicio. Segundo, que la información requerida excede el ámbito de aplicación de la Ley de Transparencia, pues no especifica actos, resoluciones o documentos determinados. Tercero, que resulta aplicable la causal de secreto del artículo 21, Nro. 1, letra a) de la Ley Nro. 20.285, por tratarse de antecedentes necesarios para defensas jurídicas y judiciales. La reclamante sostiene que la divulgación de la información solicitada podría afectar la estrategia procesal de la defensa fiscal y el principio de igualdad de armas, al permitir acceder a medios de prueba antes de la etapa procesal correspondiente. Invoca como precedente el amparo rol C648-10, donde el Consejo para la Transparencia rechazó un amparo similar por existir relación directa entre la información solicitada y litigios pendientes.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente reclamo de ilegalidad, se anule y deje sin efecto la decisión de amparo rol C3567-24, y se determine que la Dirección General de Concesiones actuó conforme a derecho al negar el acceso a la información solicitada. SEGUNDO: Que, de los antecedentes aportados en autos, consta que el Consejo para la Transparencia solicita el rechazo del reclamo de ilegalidad fundado principalmente en tres defensas: a) La falta de legitimación activa de la reclamante para invocar la causal del artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia; b) El carácter público de la información solicitada según los artículos 5°, 10° y 11 letra c) de la misma ley; y c) La falta de acreditación de los presupuestos que configuran la causal de reserva invocada. Respecto a la primera defensa, el Consejo argumenta que conforme con el artículo 28, inciso 2° de la Ley de Transparencia, los órganos de la Administración del Estado no tienen derecho a reclamar ante la Corte de Apelaciones cuando la denegación se hubiere fundado en la causal del número 1 del artículo 21, citando jurisprudencia de la Corte Suprema y diversas Cortes de Apelaciones que han acogido esta interpretación. En cuanto a los hechos, consta que Consuelo Díaz Roa solicitó a la Dirección General de Concesiones, el 22 de enero de 2024, copia de comunicaciones entre dicha entidad y la empresa Maxi Mobility Chile II SpA., relacionadas con servicios licitados del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Ben
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 28, 29, 30, 31 y 32: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: PRIMERO: Que comparece Juan Manuel Sánchez Medioli, en representación de la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, interponiendo reclamo de ilegalidad en contra del Consejo para la Transparencia, por
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